Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal, 21 de Diciembre de 2009, expediente 43.558

Fecha de Resolución21 de Diciembre de 2009

Poder Judicial de la Nación Causa Nº 43.558 “B., J. l. s/

nulidad”.

Juzgado Federal Nº 3 - Secretaría Nº 5

Reg. Nº:1467

Buenos Aires, 21 de diciembre de 2009.

Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. La Dra. V.G.C., defensora de José L.

    Bertrán, interpuso recurso de apelación contra la resolución del juez de primera instancia que dispuso rechazar la nulidad pretendida por la defensa (arts. 123, 166 y ss. y 529 y ccdtes. del CPPN).

  2. La Dra. C. solicitó la nulidad del decreto USO OFICIAL

    de fs. 664/666 por el cual se ordenó la intervención telefónica de los abonados pertenecientes a los imputados V. y B. y de todo lo actuado en consecuencia (declaración indagatoria, auto de procesamiento, etc.). La defensa planteó que a B. se le habían imputado hechos distintos a los descriptos en el requerimiento de instrucción presentado por el A.F. y que, por tanto, había sido llamado a prestar declaración indagatoria e involucrado en la investigación, por la presunta comisión de hechos, cuya investigación no había sido debidamente impulsada por el fiscal de la causa.

    Explicó que la sospecha sobre su defendido tuvo como punto de partida lo referido por el imputado T. en su declaración indagatoria y que aquellas circunstancias fundamentaron una línea de investigación diferente de la que se venía desarrollando en autos y por la que el agente fiscal había requerido la instrucción a fs. 17. Esta nueva dirección que habría tomado la investigación,

    de acuerdo con la defensa, también debería haber sido impulsada por el agente fiscal con anterioridad a que se determinase la intervención de la línea telefónica de B.. Con base en lo expuesto, la parte denunció que en autos se configuró un supuesto de ausencia de impulso fiscal con respecto a los hechos imputados a B. y, como consecuencia, una violación al principio de congruencia, dada por la imposibilidad de adecuar fácticamente los hechos del requerimiento fiscal de fs. 17 con los imputados a su defendido en su declaración indagatoria y, luego, en el auto de procesamiento.

  3. Este Tribunal, con diferente integración, se ha expedido sobre el papel que nuestra Constitución Nacional ha otorgado a los distintos sujetos procesales que intervienen en el proceso criminal (ver Causa nº 38.122 “P. s/ nulidad”, reg. 1392, rta el 30/11/05).

    Se sostuvo en aquel precedente que acusador,

    defensor y juez conforman una relación triádica en la cual los dos primeros se hallan confrontados procesalmente en una situación de paridad, mientras que...

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