Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala B, 30 de Junio de 2021, expediente COM 000215/2021/CA001
Fecha de Resolución | 30 de Junio de 2021 |
Emisor | Camara Comercial - Sala B |
Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial S. B
215/2021 - BENVENUTO, G.A. Y OTROS c/
FRUHWIRTH, HUGO FRANCISCO s/EJECUTIVO
Juzgado N° 16 - Secretaría N° 160
Buenos Aires, 30 de junio de 2021.
Y VISTOS:
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Apeló el accionante la resolución de fs. 36 mediante la cual el Sr. Juez a quo se declaró incompetente para entender en las presentes actuaciones. Sus agravios obran a fs. 44/46 -foliatura digital-
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Los fundamentos del dictamen fiscal de fs. 62/64, que esta S. comparte y a los cuales se remite por razones de brevedad resultan suficientes y adecuados para rechazar el recurso interpuesto y confirmar la decisión apelada.
En el sub lite el accionante promovió la ejecución de un contrato de mutuo, cuyo incumplimiento a cualquiera de las obligaciones asumidas -cuotas mensuales y capital-, lo autorizaría, además a demandar el pagaré
entregado en garantía (v. cláusula séptima del contrato de mutuo -fs. 5/23,
documental acompañada).
Como ya lo resolvió esta S. en numerosos casos (vgr. “P.,
G.A.c.S.L.B. s/ ejecutivo, del 31.08.10; id. id.
in re “A., H.O. y otro c/ P., A.M. s/ ejecutivo,
del 21.05.03; id. id. in re “F.J., c/ G. Prado s/ejecutivo”
del 20.03.96; id, id, in re “Bielopolsky, J. c/ D´alfonso, F. s/
ejecutivo”, del 06.07.90, y “C.A.R. c/ Asociación Amistad Franca Mutual s/ ejecutivo”, del 09.04.14), la circunstancia de haberse firmado un pagaré en garantía o haberse pactado intereses no convierte en mercantil a un mutuo oneroso, máxime teniendo en cuenta que tales pactos -tendientes a resarcir situaciones morosas- abundan en operaciones de índole civil. Tampoco el demandado reviste calidad de comerciante (arg. art. 558
cód. Com. Citado - art. 1408 CCCN-) ni surge de los términos del contrato de mutuo presentado la comercialidad del crédito que se reclama.
Fecha de firma: 30/06/2021
Alta en sistema: 01/07/2021
Firmado por: M.B., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: M.L.G.A.D.D.C., JUEZ DE CAMARA
Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial S. B
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Por lo expuesto, se rechaza el recurso de fs...
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