Sentencia de CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A - SECRETARIA PENAL, 19 de Febrero de 2021, expediente FRO 001662/2021/CA001

Fecha de Resolución19 de Febrero de 2021
EmisorCAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A

FRO 1662/2021/CA1

Visto en Acuerdo de la Sala “A” de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario (integrada), el expediente n° FRO 1662/2021/CA1

caratulado: “F., Y.J. s/ Hábeas Corpus”, procedente del Juzgado Federal n° 1 de la ciudad de Santa Fe, del que resulta que:

Y.J.F., con el patrocinio letrado del Dr.

D.C., interpuso la presente acción en su favor, con motivo de los traslados discriminados (sic) realizados por la Policía de Santa Fe,

Manifestó que en fecha 18 de febrero de 2021 la habrían traslado a F. a la Unidad nº 5 de la ciudad de Rosario y que el personal policial a cargo le habría manifestado que se realizaba sólo por una cuestión de seguridad.

Solicitó ser alojada en una unidad penal cercana a la ciudad de Santa Fe.

Mediante resolución del día de ayer, el Juez Federal Dr.

Carlos Vera Barros, a cargo del Juzgado Federal nº 1 de la ciudad de Santa Fe por subrogación legal, desestimó esta acción y ordenó elevar el expediente en consulta a esta Cámara (artículo 10, segundo párrafo, de la ley 23.098).

Fundamentó su decisión en que el hábeas corpus no se adecúa a ninguno de los supuestos previstos por el artículo 3º de la Ley 23.098 y el artículo 43 de la Constitución Nacional y que dado que el traslado –en forma general- fue dispuesto por el Juez a cuya disposición se encuentra la detenida, es en ese proceso donde deben emplearse las vías recursivas legalmente previstas para el cuestionamiento de las decisiones que allí se adopten o para canalizar los planteos que se estimen necesarios.

Y considerando que:

En primer lugar corresponde señalar que Y.J.F., se encuentra detenida a disposición del Juzgado Federal nº 1 de la ciudad de Santa Fe, en el expediente nro. FRO 1431/2021, en el cual mediante providencia del 12 de febrero del corriente año el Juez interviniente autorizó su traslado a las “Unidades Penitenciarias pertinentes” y en la misma fecha le recibió

declaración indagatoria por la presunta infracción a la Ley 23.737.

Fecha de firma: 19/02/2021 La finalidad del presente hábeas corpus es lograr que la Firmado por: F.L.B., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: A.P., JUEZ DE CÁMARA 1

Firmado por: V.M.M., SECRETARIA DE CAMARA

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A

FRO 1662/2021/CA1

nombrada sea alojada en una unidad penal cercana a la ciudad de Santa Fe,

petición que debe ser evaluada por el Juez de la causa a cuya...

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