Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 2, 3 de Agosto de 2020, expediente FRO 003629/2020/CFC001

Fecha de Resolución 3 de Agosto de 2020
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 2

Cámara Federal de Casación Penal S. II

Causa Nº FRO 3629/2020/CFC1

A.K.L. y otros s/recurso de casación

Registro nro.: 937/20

Buenos Aires, 3 de agosto de 2020.

AUTOS Y VISTOS:

Integrada la S. II de la Cámara Federal de Casación Penal por el juez G.J.Y. como P., y los señores jueces A.W.S. y C.A.M. como vocales, reunidos de manera remota y virtual de conformidad con lo establecido en las Acordadas 27/20 y ccds.y 15/20 y ccds. de este cuerpo, para decidir acerca de la admisibilidad del recurso de casación interpuesto en la presente causa Nº FRO 3629/2020/CFC1 del registro de esta S., caratulada: “A., K.L. y otros s/recurso de casación”.

Y CONSIDERANDO:

El señor juez A.W.S. dijo:

Que por decisión de fecha 3 de abril ppdo., la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario, en la causa n° FRO

3629/2020 de su registro, resolvió –en lo que aquí interesa-

confirmar la resolución dictada por el titular del Juzgado Federal nº 1 de Santa Fe y, en consecuencia, confirmar lo decidido.

Contra ese auto, la defensa particular interpuso recurso de casación, que fue concedido.

Que, sabedor del temperamento concordante de mis colegas, y encontrándose sellada negativamente la cuestión de la admisibilidad del recurso, debo señalar que pudiendo constituir los agravios invocados por la parte recurrente algunas de las causales previstas en el art. 456 CPPN y Fecha de firma: 03/08/2020

Firmado por: A.W.S., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

Firmado por: M.A.T.S., SECRETARIA DE CAMARA

Firmado por: C.A.M., JUEZ DE CAMARA DE CASACION 1

Firmado por: G.J.Y., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

encontrándose prima facie involucrada una cuestión de naturaleza federal, de conformidad con lo dispuesto por el art. 463 del rito, corresponde sustanciar el trámite del planteo casatorio y, en consecuencia, fijar la audiencia prevista por el art. 465 bis del ordenamiento legal citado.

Así voto.

El señor juez doctor C.A.M. dijo:

  1. La Cámara Federal de Rosario, una vez concedido el recurso de casación interpuesto por los accionantes, dispuso,

    el 16 de abril de este año, el pase de los obrados a esta Cámara Federal de Casación, aunque por circunstancias que habrán de evitarse en el futuro, recién el 29 de julio pasado la Mesa de Sorteos de nuestro tribunal acusó el “recibo”

    formal de las actuaciones. Con remarcable asimetría temporal,

    la aludida dependencia de la Secretaría General, dispuso, a su vez la remisión, ese mismo día, de la incidencia a esta S..

    En cuanto a lo que ahora es materia de revisión,

    cumple recordar que el a quo confirmó la resolución dictada por el juez de primer grado, el pasado 31 de marzo, que rechazó la acción de habeas corpus intentada por la defensa de los internos del Instituto Correccional Modelo de Coronda (Unidad I), K.L.A., G.O.P., Á.E.A., C.G., P.I.F.,

    M.N.M. y L.Á.B..

    En dicha presentación, el defensor denunció que durante el incidente acaecido en la mencionada unidad penal,

    sus asistidos fueron agredidos físicamente por otros internos y por los agentes penitenciarios que intervinieron en el Fecha de firma: 03/08/2020

    Firmado por: A.W.S., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

    Firmado por: M.A.T.S., SECRETARIA DE CAMARA

    2

    Firmado por: C.A.M., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

    Firmado por: G.J.Y., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

    Cámara Federal de Casación Penal S. II

    Causa Nº FRO 3629/2020/CFC1

    A.K.L. y otros s/recurso de casación

    amotinamiento ocurrido los días 23, 25 y 26 de marzo en la Unidad Penitenciaria Modelo de la ciudad de Coronda -provincia de Santa Fe-; que P. y A. fueron amenazados de muerte por otros internos, y que, como consecuencia de lo sucedido, todos ellos se vieron desprovistos de agua, luz y comida suficiente.

    Denunció, además, que culminado el motín, se agravaron las condiciones de hacinamiento y de falta de atención médica.

    Requirió el accionante la...

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