Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 3, 10 de Diciembre de 2019, expediente CSS 044924/2013/CA001

Fecha de Resolución10 de Diciembre de 2019
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 3

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 3 SENTENCIA DEFINITIVA EXPEDIENTE NRO: 44924/2013 AUTOS: “BELTRAMO HUMBERTO c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4 LEY 24241)”

Buenos Aires, EL DOCTOR M.L. DIJO:

En las presentes actuaciones la parte actora apela el dictamen producido por la Comisión Médica Central, según el cual no reúne las condiciones exigidas por el art. 48, inc. a), de la ley 24.241, para acceder al beneficio de retiro por invalidez.

Ahora bien, el Tribunal remitió el expediente a la Cámara Federal de Rosario, a fin de que ésta a su vez lo remita al Juzgado Federal del domicilio de la parte actora, para que a través del organismo médico que ese juzgado designe, elaborase un fundado dictamen, conforme a las normas a que se refiere el art. 52 de la ley 24.241. El mismo encuéntrase agregado a fs.102, fs.116 y de su lectura se desprende que el interesado presenta una incapacidad equivalente al 47,54% de su total laborativa.

Por consiguiente, en caso de prosperar mi voto, correspondería confirmar lo actuado por la Comisión Médica Central y declarar que la actora no reúne los requisitos establecidos por el art.

48, inc. a), de la ley 24.241, remitiendo los actuados al organismo de origen. Costas por su orden (art.

68,segundo párrafo, del CPCCN).V2 EL DR. R.M.M. DIJO:

Atento a las particularidades del caso, los antecedentes del actor (ver pericia), la edad del mismo (60 años), su actividad (verduleria) y concordemente con lo expresado en casos análogos (ver, entre otras, causas nro. 2561/96 "L.R.I. c/ANSeS s/jubilación por invalidez s/ley 24241 (CMC)", sentencia nro. 69735 del 22.11.96 publicada en D.T. 1997 pág. 409 y ss.; 6512/96 "Brunello Victor c/ANSeS s/jubilación por invalidez ley 24241 (CMC)", sentencia nro. 69949 del 16.4.97), considero incapacitado a la parte actora a los fines previsionales.

Ello así, pues como dijo la C.S.J.N. en la causa “ Castillo, T.M. c/

ANSES s/ Jubilación Por Invalidez “ (C.1867. XL, 5/2/08) donde sostuvo que: “ … Aun cuando el dictamen del Cuerpo Médico Forense ratificó que el actor padecía un 50% de invalidez a la fecha de cese de tareas, toda vez que desde el punto de vista médico resultaba lógico aceptar que, con tal porcentaje de incapacidad, pudiera tener severas dificultades para realizar tareas con predominio de actividad física y limitantes para pasar un examen preocupacional, corresponde reconocer que cumple con el requisito de invalidez exigido por la ley...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR