Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata - CAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA - SECRETARIA PREVISIONAL, 27 de Junio de 2019, expediente FMP 001454/2015

Fecha de Resolución27 de Junio de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA - SECRETARIA PREVISIONAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA BELLOLI, H.O. c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES; 1454/2015 SA///del plata, AUTOS Y VISTO:

Llegan los autos a esta Alzada con motivo del recurso de apelación deducido por la parte demandada en oposición a la sentencia dictada por el juez de grado.-

Que del examen de autos surge que el Sr. B.H.O. adquirió su beneficio previsional conforme lo normado por la Ley 24.241, con fecha de adquisición del derecho el 28/12/2001.-

Ingresando concretamente en el análisis de los agravios planteados por la demandada en su memorial, se advierte que los mismos están dirigidos a cuestionar la aplicación de “Volonte” y “M.” respecto del reajuste de los aportes autónomos, la declaración de inconstitucionalidad del art. 9 de la ley 24.463, el reajuste por movilidad, el reajuste de la PBU y la exención del impuesto a las ganancias.-

A partir de lo expuesto y siendo que todo ello resulta sustancialmente análogo a lo examinado por esta Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata, en los fallos: “DE LA RIVA, NEVER OMAR c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES”, 'PROTOCOLO A.. 6/14 Materias Civiles'

Clave: FMP 041045696/2007/CA001 Fecha: 07/07/2016, “GIANOLI, N.I. c/ ANSeS s/REAJUSTE DE HABERES” 'PROTOCOLO A.. 6/14 Materias Civiles' Clave: FMP 062011554/2011/CA001 Fecha: 18/02/2016, “F.T.B. c/ ANSeS s/REAJUSTE DE HABERES”, 'PROTOCOLO A.. 6/14 Materias Civiles' Clave: FMP 021067977/2006/CA001 Fecha:

02/12/2016 y “SCESA, V. c/ ANSES s/ REAJUSTE DE HABERES”, PROTOCOLO A.. 6/14 Materias Civiles' Clave: FMP 041049524/2010/CA001 Fecha: 28/04/2017, que remiten a los antecedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en “V., L.M. s/ Jubilación", Fecha 28/03/85.”, “M., Simón c/ ANSeS s/Inconstitucionalidad ley 24.463, Fecha 20/05/2003. (M.

427. XXXVI R.O.).”, “B.A.V.(.6.. XLI), “Cirillo” (C. 1074. XLIV), “Q.C.A.C. S/REAJUSTES VARIOS” (Q. 68 XLVI), de fecha 11 de noviembre de 2004, por lo que corresponde remitir a los fundamentos allí vertidos y “E., R. c/ Caja de Industria y Comercio” e. 225, XXIII, recurso de hecho, 5/5/92, que pasan a formar parte del presente resolutorio.-

Asimismo, adentrándonos al tratamiento del agravio relacionado con la declaración de inconstitucionalidad del art. 9 de la ley 24.463, siendo que no surge que el magistrado se haya Fecha de firma: 27/06/2019 pronunciado sobre dicho tópico, corresponde su desestimación por incongruente, ello, conforme lo Alta en sistema: 28/06/2019 Firmado por: DR...

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