Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 1, 16 de Septiembre de 2022, expediente CSS 027336/2019/CA001

Fecha de Resolución16 de Septiembre de 2022
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 1

Expte nº: 27336/2019 ALB

Autos: “BEDETTI ENRIQUE ALFREDO c/ ANSES s/COBRO DE

PESOS”

Sentencia Definitiva del Expte. Nº 27336/2019

Buenos Aires,

AUTOS Y VISTOS:

I.S. de autos que el actor inició demanda contra ANSeS, con el propósito de que se le reconociera el derecho a cobrar las sumas retroactivas de la Pensión Honorífica de Veterano de la Guerra del Atlántico Sur -que le fuera otorgada en los términos de la ley 23.848-, desde el 02 de abril de 1982.

  1. El magistrado interviniente analiza la defensa de prescripción opuesta por la demandada en los términos del art. 82 de la ley 18.037, considerando que deviene secundaria en la cuestión en trato, por cuanto el actor no puede retrotraerse a momentos anteriores a su reclamos, cancelados en el otorgamiento, y desestimando por ello el planteo formulado, absteniéndose de efectuar juicios diferentes a la mayoritaria jurisprudencia del fuero. En virtud de lo expuesto, rechazó la demanda. El actor,

    disconforme con lo resuelto, interpuso recurso de apelación y expresó agravios, conf.

    arts. 259 y 265 del C.P.C.C.N.

    En su memorial, la parte actora solicita que se revoque la sentencia de grado, se declare la inconstitucionalidad del Art. 5 inc. a.) del decreto reglamentario N°2634/90, y reitera que pretende el cobro de las retroactividades desde la fecha del inicio del conflicto bélico. Asimismo, se agravia de la aplicación de la prescripción del art. 82 ley 18.037, y sostiene que la demandada iría en contra de sus propios actos por cuanto habría reconocido el derecho de los actores al cobro retroactivo de la pensión prevista por la ley 23.848 a través de la celebración de las actas suscriptas entre la Comisión Negociadora en representación de los Soldados Ex – Combatientes y funcionarios de ANSeS. Seguidamente, cita jurisprudencia, mantiene su planteo en Fecha de firma: 16/09/2022

    Alta en sistema: 19/09/2022

    Firmado por: VICTORIA PEREZ TOGNOLA, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: D.A., SECRETARIO DE PRIMERA INSTANCIA ADSCRIPTO

    Firmado por: A.C.C., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: V.P.P., JUEZ DE CAMARA

    torno a la tasa de interés aplicable, y solicita que, de revocarse el pronunciamiento de grado, se impongan las costas a la vencida.

  2. Sentado ello, debe señalarse que el beneficio acordado por la ley 23.848 se trata de una pensión graciable vitalicia, y, por lo tanto, es ajena a las que se otorgan en el...

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