Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala II, 7 de Febrero de 2019, expediente CAF 016766/2010/CA003 - CA002
Fecha de Resolución | 7 de Febrero de 2019 |
Emisor | Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala II |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA II 16766/2010 “BATTAGLIESE HECTOR AMERICO Y OTROS c/ ENM§ DEFENSA
DTOS 1104/05 753/09 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG.”
Buenos Aires, de febrero de 2019. MVD Y VISTOS; CONSIDERANDO:
-
Que mediante sentencia de fs. 98/99, confirmada a fs.
121/123, se hizo lugar a la demanda iniciada por los actores en su
carácter de personal militar en actividad del Ejército Argentino,
condenando al Estado Nacional Ministerio de Defensa a que incorpore
como remunerativos y bonificables los aumentos otorgados por los
decretos 1104/05, 1095/06, 871/07, 1053/08 y 753/09 que establecieron
un incremento de los “Suplementos particulares” y “Compensaciones”
creadas mediante el Decreto 2769/93 y la Resolución 1459/93 del
Ministerio de Defensa, y al pago de los correspondientes retroactivos
devengados desde la entrada en vigencia de los decretos, aplicándoles
intereses a la tasa pasiva promedio mensual que publica el B.C.R.A.,
hasta su efectivo pago.
-
Que el 06/11/2013, se aprobó la liquidación de las sumas
adeudadas a los actores, en concepto de capital de condena con más
intereses (confr. fs. 194/vta.).
A fs. 199 se intimó al demandado a informar, si contaba con
partida presupuestaria o en su caso, si realizó la previsión
correspondiente.
Con fecha 16/10/2014, el Estado Nacional informó que la
acreencia en cuestión sería previsionada para el ejercicio 2015/2016 (v.
fs. 208/209 vta.).
El 29/02/2016 se intimó a la demandada, bajo apercibimiento
de ejecución (v. fs. 220), decisión que fue dejada sin efecto el 19/5/2016,
mediante resolución de esta Sala a fs. 263/266, por no encontrarse
habilitados los actores para iniciar la ejecución.
Posteriormente, el 17/02/2017 se intimó a la accionada, bajo
apercibimiento de ejecución (v. fs. 288), a lo que contestó que
momentáneamente no podía cumplir con lo requerido, toda vez que no se
le había asignado fondos suficientes en la partida pertinente (v. fs.
289/294).
A solicitud de la actora, con fecha 29/03/2017, se inició al
proceso de ejecución de sentencia y se trabó embargo en contra del
Fecha de firma: 07/02/2019 Alta en sistema: 26/02/2019 Firmado por: J.L.L.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.M.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.C.C., JUEZ DE CAMARA #11078182#225246523#20190206094449244 Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA II 16766/2010 “BATTAGLIESE HECTOR AMERICO Y OTROS c/ ENM§ DEFENSA
DTOS 1104/05 753/09 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG.”
demandado en concepto de capital, intereses y costas. A fs. 309 se citó
de venta a la ejecutada, la que a fs. 312/321 opuso excepción de espera,
que se desestimó a fs. 327/vta., y se mandó a llevar adelante la
ejecución.
El 02/11/2017 se ordenó oficio de transferencia de las sumas
embargadas.
A fs. 344 la actora presentó liquidación por los intereses y fue
aprobada el 10/04/2018 (v. fs. 353).
A fs. 355 se solicitó a la demandada que informe el plazo para
hacer efectivo el pago de intereses, o en su caso, si realizó la previsión
presupuestaria correspondiente.
A fs. 371/377 la demandada impugnó la liquidación
manifestando que debía tomarse como fecha de inicio el día posterior a la
liquidación practicada, es decir desde el 6/11/13 hasta el 13/11/17 y que
la base de cálculo debía ser el capital menos el total de los aportes
jubilatorios por la tasa de interés pasiva y realizó los cálculos
correspondientes.
Corrido el traslado, la actora lo contestó y también impugnó la
liquidación practicada por su contraria.
-
Que a fs. 389/390 la Sra. Juez a quo decidió hacer saber a
la actora que debería efectuar una nueva liquidación, de conformidad con
lo resuelto por la Corte Suprema de...
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