Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala II, 7 de Febrero de 2019, expediente CAF 016766/2010/CA003 - CA002

Fecha de Resolución 7 de Febrero de 2019
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala II

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA II 16766/2010 “BATTAGLIESE HECTOR AMERICO Y OTROS c/ ENM§ DEFENSA

DTOS 1104/05 753/09 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG.”

Buenos Aires, de febrero de 2019. MVD Y VISTOS; CONSIDERANDO:

  1. Que mediante sentencia de fs. 98/99, confirmada a fs.

    121/123, se hizo lugar a la demanda iniciada por los actores en su

    carácter de personal militar en actividad del Ejército Argentino,

    condenando al Estado Nacional Ministerio de Defensa a que incorpore

    como remunerativos y bonificables los aumentos otorgados por los

    decretos 1104/05, 1095/06, 871/07, 1053/08 y 753/09 que establecieron

    un incremento de los “Suplementos particulares” y “Compensaciones”

    creadas mediante el Decreto 2769/93 y la Resolución 1459/93 del

    Ministerio de Defensa, y al pago de los correspondientes retroactivos

    devengados desde la entrada en vigencia de los decretos, aplicándoles

    intereses a la tasa pasiva promedio mensual que publica el B.C.R.A.,

    hasta su efectivo pago.

  2. Que el 06/11/2013, se aprobó la liquidación de las sumas

    adeudadas a los actores, en concepto de capital de condena con más

    intereses (confr. fs. 194/vta.).

    A fs. 199 se intimó al demandado a informar, si contaba con

    partida presupuestaria o en su caso, si realizó la previsión

    correspondiente.

    Con fecha 16/10/2014, el Estado Nacional informó que la

    acreencia en cuestión sería previsionada para el ejercicio 2015/2016 (v.

    fs. 208/209 vta.).

    El 29/02/2016 se intimó a la demandada, bajo apercibimiento

    de ejecución (v. fs. 220), decisión que fue dejada sin efecto el 19/5/2016,

    mediante resolución de esta Sala a fs. 263/266, por no encontrarse

    habilitados los actores para iniciar la ejecución.

    Posteriormente, el 17/02/2017 se intimó a la accionada, bajo

    apercibimiento de ejecución (v. fs. 288), a lo que contestó que

    momentáneamente no podía cumplir con lo requerido, toda vez que no se

    le había asignado fondos suficientes en la partida pertinente (v. fs.

    289/294).

    A solicitud de la actora, con fecha 29/03/2017, se inició al

    proceso de ejecución de sentencia y se trabó embargo en contra del

    Fecha de firma: 07/02/2019 Alta en sistema: 26/02/2019 Firmado por: J.L.L.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.M.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.C.C., JUEZ DE CAMARA #11078182#225246523#20190206094449244 Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA II 16766/2010 “BATTAGLIESE HECTOR AMERICO Y OTROS c/ ENM§ DEFENSA

    DTOS 1104/05 753/09 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG.”

    demandado en concepto de capital, intereses y costas. A fs. 309 se citó

    de venta a la ejecutada, la que a fs. 312/321 opuso excepción de espera,

    que se desestimó a fs. 327/vta., y se mandó a llevar adelante la

    ejecución.

    El 02/11/2017 se ordenó oficio de transferencia de las sumas

    embargadas.

    A fs. 344 la actora presentó liquidación por los intereses y fue

    aprobada el 10/04/2018 (v. fs. 353).

    A fs. 355 se solicitó a la demandada que informe el plazo para

    hacer efectivo el pago de intereses, o en su caso, si realizó la previsión

    presupuestaria correspondiente.

    A fs. 371/377 la demandada impugnó la liquidación

    manifestando que debía tomarse como fecha de inicio el día posterior a la

    liquidación practicada, es decir desde el 6/11/13 hasta el 13/11/17 y que

    la base de cálculo debía ser el capital menos el total de los aportes

    jubilatorios por la tasa de interés pasiva y realizó los cálculos

    correspondientes.

    Corrido el traslado, la actora lo contestó y también impugnó la

    liquidación practicada por su contraria.

  3. Que a fs. 389/390 la Sra. Juez a quo decidió hacer saber a

    la actora que debería efectuar una nueva liquidación, de conformidad con

    lo resuelto por la Corte Suprema de...

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