Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X, 17 de Junio de 2020, expediente CNT 004610/2013/CA001

Fecha de Resolución17 de Junio de 2020
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA X

SENT.DEF.: EXPTE.N°: 4610/2013/CA1 (49254)

JUZGADO N°: 31 SALA X

AUTOS: “BARRETO PAOLA ESTELA C/ MAAT WORLD SRL Y OTROS S/

DESPIDO”.

Buenos Aires,

El Dr. G.C., dijo:

  1. Llegan los presentes actuados a esta instancia a propósito de los agravios que, contra la sentencia de primera instancia interpone la codemandada Organización Coordinadora Argentina S.R.L. a tenor del memorial obrante a fs. 375/377,

    con réplica de la actora a fs. 381/383. Asimismo, objeta los honorarios regulados a todos los profesionales intervinientes por considerarlos elevados.

    A fs. 373 la perito contadora apela sus emolumentos por estimarlos reducidos.

  2. La codemandada Organización Coordinadora Argentina S.R.L.

    objeta la extensión de condena en forma solidaria en los términos del artículo 30 de la LCT.

    Sostiene que, contrariamente a lo dispuesto por la magistrada “a quo”,

    ha quedado acreditado que la codemandada M.W. SRL tiene como actividad el servicio de armado, ensobrado y embolsado de documentación y que, por el contrario, la apelante es una empresa de servicios dedicada a la distribución de documentación comercial y particular y que las tareas que le requirió a la primera fueron para cubrir necesidades extraordinarias, en aisladas ocasiones; mientras que para M.W.S. constituyen su giro normal y específico.

    Arriba firme a esta Alzada que la actora se desempeñó en tareas de armado, ensobrado y embolsado de documentación para la firma M.W. SRL, así como también la vinculación comercial de ésta con la codemandada Organización Coordinadora Argentina S.R.L. Sin embargo, la recurrente insiste infructuosamente en que los servicios Fecha de firma: 17/06/2020

    Firmado por: G.C., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.P.S., SECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: L.J.A., JUEZ DE CAMARA

    que le requirió a M.W.S. estaban destinados a cubrir necesidades extraordinarias,

    en forma aislada y/o en esporádicas ocasiones y que una valoración en conjunto y no limitada de la prueba da razón a su postura.

    En primer lugar señalo que los argumentos que esgrime la quejosa no logran conmover los sólidos fundamentos del fallo de grado. En efecto, en apoyo de su postura procura descalificar en forma genérica la valoración que, de la prueba testimonial, se llevó en la instancia anterior, a dicho fin manifiesta que impugnó los testigos por inconsistentes, pero omite precisar cuáles fueron los errores en los que incurrió la magistrada “a quo”, que invalidarían su análisis y conducirían a un resultado distinto al que intenta cuestionar (cfr. art. 116 LO).

    Cabe destacar que la apelante no hace mención alguna de la prueba que, según entiende, avalaría su tesitura, El único testigo que declaró a instancias de la parte fue un empleado de la empresa (Imán, fs. 302 y vta.), pero su testimonio aislado carece de entidad probatoria, ya que si bien se refirió genéricamente a la vinculación ocasional entre ambas empresas, dijo saberlo porque trabajó dos años en la planta operativa de OCA

    denominada R., precisando que lo hizo desde 1997 hasta el 2000 y luego pasó a recursos humanos. También expresó que “no ha visto ningún instrumento comercial que vincule a OCA con M.W.S.Q. sólo la mención que le hace el sector de contrataciones que es un proveedor de OCA. Que el sector de contrataciones de OCA es quien ejerce el control sobre M.W.S. Que lo sabe porque cuando hay algún problema le preguntan al sector de contrataciones de OCA. Que el área de contrataciones depende de la Dirección de Administración y Finanzas de OCA” y dijo...

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