Sentencia de Cámara de Apelación en lo Laboral (Sala I) - Santa Fe, 10 de Octubre de 2018

Presidente1032/18
Fecha de Resolución10 de Octubre de 2018
EmisorCámara de Apelación en lo Laboral (Sala I) - Santa Fe

B., D.D.P. C/ ASOC.ITALIANA SOC.MUTUOS J.M. S/ OTRAS DILIGENCIAS

21-05176558-0

CÁMARA APELACIÓN LABORAL (SALA I).

Santa Fe, 10 de octubre de 2018.-

AUTOS Y VISTOS: Estos caratulados "BARBOZA, D.D.P. c/ ASOC. ITALIANA SOC. MUTUOS J.M. s/OTRAS DILIGENCIAS" (CUIJ 21-05176558-0), venidos para el tratamiento del recurso de apelación interpuesto subsidiariamente por la parte actora (fs. 563) contra lo resuelto por el Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Laboral N° 11, en lo Civil, Comercial y del Trabajo de la ciudad de San Jorge, Provincia de Santa Fe a fs. 560; y,

CONSIDERANDO:

Que la resolución de fecha 01 de noviembre de 2016 obrante a fs. 749 de autos ordenó rechazar el recurso de revocatoria interpuesto por la actora contra la regulación de honorarios dictada en fecha 24 de mayo de 2013, que dispuso regular los honorarios profesionales del Dr. R.C., en la suma de $2.861,63 (6,13 IUS) por la incidencia resuelta a fs. 426 y vto. Fue concedido el recurso de apelación interpuesto en subsidio. A fs. 767 expresó sus agravios la actora, los que no fueron contestados.

C.ón preliminar:

En primer término cabe destacar que la expresión de agravios no contiene una crítica concreta y razonada de la decisión cuestionada, limitándose el recurrente a expresar su disconformidad con la ponderación que hiciera el J. de grado, sin controvertir de manera eficaz el razonamiento en el que éste apoya sus conclusiones, ni indicar el error en el cual hubiera incurrido. Este Tribunal ha destacado que el escrito de fundamentación del recurso debe contener un análisis razonado y crítico de la decisión que se pretende modificar, tendiente a demostrar que es errónea, injusta, o contraria a derecho, debiéndose precisar los yerros u omisiones, y demás deficiencias que se le atribuyen, especificando con exactitud cual es el gravamen concreto que le produce el pronunciamiento.

El compareciente se empeña en imponer su propio criterio en cuanto a la solución que correspondería al caso pero sin consignar, más allá de su discrepancia, el error en el que hubiera incurrido el magistrado.

En tal sentido la doctrina ha expresado: "La omisión de los requisitos que debe contener la expresión de agravios, podrá ser tomada por el tribunal, al decidir la causa, como conformidad con las afirmaciones contenidas en la sentencia... El supuesto es aquel donde dentro de una expresión de agravios de algún modo fundada, el apelante deja sin crítica -concreta y razonada, precisando los...

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