Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala C, 25 de Febrero de 2021, expediente COM 032990/2015/CA001

Fecha de Resolución25 de Febrero de 2021
EmisorCamara Comercial - Sala C

Poder Judicial de la Nación CAMARA COMERCIAL - SALA C

BANCO DE SERVICIOS FINANCIEROS S.A. c/ ACIAR,

SANTIAGO RUBEN s/EJECUTIVO

ExpedienteN° 32990/2015/

Buenos Aires, 25 de febrero de 2021.

Y VISTOS:

En mérito a la importancia, calidad, eficacia y extensión de los trabajos desarrollados por la profesional beneficiaria de la regulación apelada, se elevana seis mil trescientos pesos ($ 6.300) los honorarios de la letrada apoderada de la parte actora, Dra. R.C.P. de E.,

regulados el día 8.9.20 (arts. 6, 7, 9, 19, 37 y 40 de la ley 21.839

modificada por la ley 24.432).

N. por Secretaría.

Oportunamente, cúmplase con la comunicación ordenada por el art.

4° de la Acordada de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación 15/13, del 21.5.2013.

Devuélvanse las actuaciones al juzgado de trámite, a cuyo fin remítanse digitalmente las presentes actuaciones.

Firman los suscriptos por encontrarse vacante la vocalía n° 8 (conf.

art. 109 RJN).

J.V.

E.R.M.

Fecha de firma: 25/02/2021

Alta en sistema: 26/02/2021

Firmado por: P.E.L., PROSECRETARIA DE CÁMARA

BANCO DE SERVICIOS FINANCIEROS S.A. c/ ACIAR, SANTIAGO RUBEN s/EJECUTIVO Expte. N°32990

Firmado por: E.R.M., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: J.V., JUEZ DE CAMARA

PAULA E. LAGE

PROSECRETARIA DE CÁMARA

En la misma fecha se registró la presente en el protocolo de sentencias del sistema informático Lex 100. Conste.

PAULA E. LAGE

PROSECRETARIA DE CÁMARA

Fecha de firma: 25/02/2021

Alta en sistema: 26/02/2021

Firmado por: P.E.L., PROSECRETARIA DE CÁMARA

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