Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala C, 21 de Noviembre de 2014, expediente COM 065936/2008

Fecha de Resolución21 de Noviembre de 2014
EmisorCamara Comercial - Sala C

Poder Judicial de la Nación BANCO DE SERVICIOS FINANCIEROS S.A. c/ TORLASCHI, PABLO HERNAN s/EJECUTIVO Expediente N° 65936/2008/CA1 Juzgado N° 17 Secretaría N° 34 Buenos Aires, 21 de noviembre de 2014.

Y VISTOS:

En mérito a la importancia, calidad, eficacia y extensión de los trabajos desarrollados por el profesional beneficiario de la regulación apelada, habiéndose considerado las pautas porcentuales que habitualmente utiliza el Tribunal para casos como el de autos, se elevan a ochocientos sesenta pesos ($ 860) los honorarios del letrado apoderado de la actora, D.A. De Elizalde, regulados a fs. 81 (arts. 6, 7, 9, 19 y 40 de la ley 21.839 modificada por la ley 24.432).

N. por Secretaría.

Devueltas que sean las cédulas debidamente notificadas, vuelva el expediente a la Sala a fin de dar cumplimiento a la comunicación ordenada por el art. 4° de la Acordada de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación 15/13, del 21.5.2013.

Oportunamente, devuélvase al Juzgado de primera instancia.

E.R.M.J.R.G.J.V.M.R.T.P. de Cámara BANCO...

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