Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala C, 26 de Agosto de 2014, expediente COM 015328/2008

Fecha de Resolución26 de Agosto de 2014
EmisorCamara Comercial - Sala C

Poder Judicial de la Nación "BANCO DE SERVICIOS FINANCIEROS S.A. C/ CARDOZO PICHIONI SABRINA VALERIA S/ EJECUTIVO"

Expediente Nº 15328.08 Juzgado Nº 17 - Secretaría Nº 33 Buenos Aires, 26 de agosto de 2014.

Y VISTOS:

En mérito a la importancia, calidad, eficacia y extensión de los trabajos desarrollados por la profesional beneficiaria de la regulación apelada, habiéndose considerado las pautas porcentuales que habitualmente utiliza el Tribunal para casos como el de autos y estando apelados sólo por altos, se confirman en dos mil pesos ($ 2.000) los honorarios de la letrada apoderada de la actora, Dra. R.C.P. de E., regulados a fs. 214/5 (arts. 6, 7, 9, 19 y 40 de la ley 21.839 modificada por la ley 24.432).

Notifíquese por Secretaría a las partes.

Devueltas que sean las cédulas debidamente notificadas, vuelva el expediente a la Sala a fin de dar cumplimiento a la comunicación ordenada por el art. 4° de la Acordada de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación 15/13, del 21.5.2013.

Oportunamente...

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