Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 9 de Diciembre de 2010, expediente Rc 105442

PresidentePettigiani-de Lázzari-Soria-Hitters
Fecha de Resolución 9 de Diciembre de 2010
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

C. 105.442"Banco de la Provincia de Buenos Aires contra P.J.. Cobro Ejecutivo. Inc. Art. 250 C.P.C.C. Recurso de Queja".

//Plata, 9 de diciembre de 2010.

AUTOS Y VISTO:

  1. D. sin efecto el proveído de fs. 27 (art. 56 inc. c, ley 5177, texto ley 13.419 y 34 inc. 5 ap. a, y 36 inc. 1, C.P.C.C.).

  2. En las presentes actuaciones se presentó el demandado solicitando el levantamiento del embargo que afecta al inmueble matrícula 136.892/41 (055), cuya subasta fuera peticionada por la parte actora en la etapa de ejecución de sentencia, alegando la afectación como bien de familia del mismo (fs. 128; del leg. de la Cámara, art. 250, CPCC).

    El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial nro. 19 de La P. resolvió desestimar el pedido por considerar que la propiedad se hallaba desafectada del régimen estatuido por la ley 14.394 (fs. 131 id.).

    Apelada esta decisión, la Cámara departamental la confirmó, lo que motivó la interposición de un recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, el que denegado, con fundamento en la falta de definitividad de la decisión impugnada, dio lugar a la deducción de la presente queja (art. 292, C.P.C.C.; fs. 159/160 vta., 166/176 vta. id. y 16/21 de la queja).

  3. Al respecto corresponde señalar que, en tanto la resolución que desestima el recurso de apelación deja firme el pronunciamiento que tuvo por desafectado el inmueble como bien de familia con relación al crédito del demandante, reviste carácter de definitiva en los términos del art. 278 del Código Procesal Civil y Comercial (conf. doct. causas Ac. 74.956, resol. del 29-VI-1999; Ac. 72.809, resol. del 3-XI-1998; Ac. 80.095, resol. 28-II-2001; Ac. 105.140, resol...

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