Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - SALA C - CAMARA EN LO COMERCIAL, 22 de Abril de 2014, expediente 15866.13

Fecha de Resolución22 de Abril de 2014
EmisorSALA C - CAMARA EN LO COMERCIAL

Poder Judicial de la Nación "BANCO PATRICIOS SA S/ QUIEBRA S/ incidente de escrituración (POR SECO CARLOS SAUL)"

Expediente Nº 15866.13 Juzgado Nº 24 - Secretaría Nº 48 Buenos Aires, 22 de abril de 2014.

Y VISTOS:

En mérito a la importancia, calidad, eficacia y extensión de los trabajos desarrollados por los profesionales beneficiarios de la regulación apelada, habiéndose considerado las pautas porcentuales que habitualmente utiliza el Tribunal para casos como el de autos y estando apelados sólo por bajos, se confirman en mil trescientos sesenta pesos ($

1.360) los honorarios del síndico contador, E.P.L., y en tres mil novecientos pesos ($ 3.900) los de su letrado patrocinante, Dr.

Juan Antonio De Nicola. Así también, por la incidencia resuelta en fs.

94, se confirman en ciento treinta y seis pesos ($ 136) los emolumentos del síndico contador, E.P.L., y en trescientos noventa pesos ($ 390) los de su letrado patrocinante, D.J.A. De Nicola, regulados a fs. 120/1 (arts. 6, 7 y 33 de la ley 21.839 modificada por la ley 24.432).

Asimismo, fíjanse en cincuenta pesos ($ 50) y en cien pesos ($ 100) los estipendios del síndico contador, E.P.L. y los del Dr. J.A. De Nicola, respectivamente, por sus tareas de Alzada (art. 14, ley cit.).

N. por Secretaría.

"BANCO PATRICIOS SA S/ QUIEBRA S/ incidente de escrituración (POR SECO CARLOS SAUL)"

Expediente Nº 15866.13 Poder Judicial de la Nación Devueltas que sean las cédulas...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR