Banco Meridian S.A.

Fecha de la disposición12 de Marzo de 2010

2.5. BALANCES BANCO MERIDIAN S.A.

Viernes 12 de marzo de 2010 Segunda Sección BOLETIN OFICIAL Nº 31.862 28

NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO TERMINADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2009 (Comparativo con el Ejercicio terminado el 31 de Diciembre de 2008) (Cifras en miles de pesos) Nota I Compensación a las entidades financieras por los efectos de la devaluación y conversión a pesos de saldos en moneda extranjera El Decreto Nº 214/02, dispuso en su artículo 7, la emisión de un bono con cargo a fondos del Tesoro Nacional para compensar el desequilibrio en el sistema financiero que resultó de la aplicación de la devaluación y de la pesificación asimétrica de activos y pasivos.

En junio de 2002, el Decreto Nº 905/02, en sus artículos 28 y 29, estableció la metodología para el cálculo del monto de la compensación, otorgando los bonos que se mencionan a continuación, con la finalidad de resarcir a las entidades de ciertas consecuencias negativas de dicha pesificación.

Dentro del proceso de determinación del monto de la compensación, la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiaras del Banco Central de la República Argentina (S.E.F. y C.) formuló algunas observaciones a ciertos criterios y al cómputo de determinadas partidas, por las que modificaría el importe final de la misma, a lo que la Entidad sometió a análisis y discusión en instancia recursiva administrativa las observaciones señaladas por dicho organismo.

Al 31 de diciembre de 2008 la Entidad tenía registrado BODEN 2012 por un valor nominal de miles de U$S 19.622 (miles de U$S 10.457 en concepto de compensación y miles de U$S 9.165 en concepto de cobertura).

Con fecha 24 de junio de 2009 la S.E.F.y C informó a la Entidad que determinó a favor del Banco el derecho de cobro de BODEN 2012 por un valor nominal de miles de U$S 4.161,4 en concepto de compensación.

En dicho marco, el 26 de junio de 2009, la Entidad prestó conformidad a la cantidad de VN de miles de U$S 4.161,4 BODEN 2012 verificadas por la S.E.F. y C. en concepto de compensación y desistió de la acción y el derecho de los recursos, reclamos administrativos o acciones judiciales que la Entidad había efectuado o pudiera efectuar con relación a la compensación por los conceptos referidos en los artículos 28 y 29 del Decreto Nº 905/02.

Como consecuencia de ello suscribió e integró la cantidad de BODEN 2012 de VN miles de U$S 15.686,3 (cuyo equivalente en pesos ascendió a 56.098,3) resultantes de:

- Posición Global Neta original en Moneda Extrajera Negativa 19.847,7 - Compensación aprobada (4.161,4) 15.686,3

Viernes 12 de marzo de 2010 Segunda Sección BOLETIN OFICIAL Nº 31.862 29

En definitiva la Entidad recibió en junio de 2009 la cantidad de VN miles de U$S 18.248 (contabilizados en el rubro 'Títulos Públicos - En moneda extranjera - Bonos del Gobierno Nacional en dólares estadounidenses Libor 2012 - Compensación y Cobertura' por 25.971), que faltaban recibir para cubrir el monto total de la posición Global Neta original en Moneda Extranjera. Al 31 de diciembre de 2009, dicho importe asciende a 25.697.

Los ajustes contables correspondientes se resumen en la Nota XIV.

Nota II Bases de presentación de los estados contables Normas contables aplicadas Los presentes estados contables surgen de los registros contables de la Entidad y han sido preparados de acuerdo con las normas contables establecidas por el Banco Central de la República Argentina (B.C.R.A.).

La preparación de estados contables en conformidad con las normas contables del B.C.R.A., requiere que el Directorio y la Gerencia de la Entidad efectúen estimaciones que afectan la determinación de los importes de los activos y pasivos y la revelación de contingencias a la fecha de presentación de los estados contables, como así también los ingresos y egresos registrados en cada ejercicio.

Los resultados futuros pueden diferir de las estimaciones efectuadas a la fecha de preparación de los presentes estados contables.

Las normas contables profesionales vigentes en la Nº 31.862 30 - Contabilización del impuesto a las ganancias por el método del impuesto diferido De acuerdo con las normas contables profesionales vigentes en la Nº 31.862 31

Jerárquico y el agotamiento de la vía administrativa, quedando en consecuencia expedita la acción judicial.

Con fecha 16 de mayo de 2005, la Entidad amplió la acción de amparo con el fin de que se declare la nulidad de dicha resolución ministerial y de todos los actos administrativos, contra los que la Entidad dedujo el Recurso Jerárquico por ella rechazada.

Mediante nota de fecha 16 de febrero de 2005, el B.C.R.A. comunicó a la Entidad que en función de lo dispuesto por la referida Resolución 25/2005 del Ministerio de Economía y Producción, la Entidad deberá registrar en su balance mensual al 28 de febrero de 2005 el ajuste emergente de la aplicación de la Resolución del FFRE.

Con fecha 28 de febrero de 2005, la Entidad hizo saber al B.C.R.A. que en razón de la Medida Cautelar dictada no correspondía efectuar dicha registración, por lo que solicitó que dicho requerimiento fuera dejado sin efecto. A la fecha de emisión de los presentes Estados Contables dicho ajuste se encuentra pendiente de registración. El efecto de dicho ajuste al 31 de Diciembre de 2009 y al 31 de diciembre de 2008 es de aproximadamente miles de U$S 3.111 y miles de U$S 2.985, respectivamente.

La aplicación del Decreto PEN Nº 53/2003 a las ONs en los términos pretendidos por el FFRE y el Banco de la Nación Argentina daría derecho a la Entidad a solicitar Bonos del Gobierno Nacional en Dólares Estadounidenses Libor 2012 por un valor nominal de miles de U$S 914 en concepto de la compensación prevista en el artículo 28 del Decreto PEN 905/02 y a suscribir Bonos del Gobierno Nacional en Dólares Estadounidenses Libor 2012 por un valor nominal de miles de U$S 2.286 en concepto de cobertura bajo el artículo 29 del Decreto PEN 905/02 .

Nota VI Aporte al Fondo de Garantía de los depósitos Mediante la Comunicación 'A' 2337 y complementarias, el B.C.R.A. estableció normas de aplicación del sistema de garantía de los depósitos y la forma de liquidación de los aportes. Dicho sistema alcanza a los depósitos a la vista o a plazo fijo hasta la suma de 30 por cada titular.

Al 31 de Diciembre de 2009 y 2008 el Banco ha contabilizado los aportes realizados en los Ejercicios en el rubro 'Egresos Financieros - Aporte al Fondo de Garantía de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR