Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 27 de Diciembre de 2016, expediente CAF 009238/2015/CA001

Fecha de Resolución27 de Diciembre de 2016
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala V

Poder Judicial de la Nación Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL SALA V 9238/2015 BANCO MASVENTAS SA c/ UIF s/CODIGO PENAL -

LEY 25246 - DTO 290/07 ART 25 Buenos Aires, de diciembre de 2016.- MEE Y VISTOS:

Los presentes actuados a fin de resolver la admisibilidad de la producción de prueba documental e informativa ofrecida por la parte actora en el punto E.I del escrito de fs. 2/23; la oposición articulada –al respecto– por la parte demandada en el punto IV, A y B, del escrito de fs. 112/137, y CONSIDERANDO:

Los señores Jueces de Cámara, D.. J.F.A. y G.F.T., dijeron:

  1. Que la parte actora, Banco Masventas S.A., interpuso recurso directo en los términos del artículo 25 de la ley 25.246 y artículo 25 del Decreto nº 290/2007, contra la Resolución del Unidad de Información Financiera (UIF) nº 557/2014, de fecha 29 de diciembre de 2014, dictada en el marco del expediente administrativo UIF nº 157/2012, por la que se le había rechazado el planteo de prescripción efectuado y se le impuso una multa de pesos seiscientos cincuenta y seis mil doscientos ($

    656.200), en los términos de lo dispuesto en el artículo 24, inciso 2), de la citada ley nº 25.246.

    En esa oportunidad, la actora ofreció prueba documental –acompañada a fs. 25/47– y prueba informativa. En particular, solicitó se librara oficio a la UIF a fin de que remitiera los expedientes administrativos nº 157/2012, nº 754/2007 y nº 1075/2009, todos ellos de su registro, con sus anexos y agregados.

    A su turno, en ocasión de contestar el traslado del recurso interpuesto, la UIF formuló oposición a la prueba informativa y documental propuesta por el recurrente.

    Fecha de firma: 27/12/2016 Firmado por: G.F.T., J.F.A., P.G.F., #24753158#161442306#20161226100619571 Poder Judicial de la Nación Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL SALA V Señaló, respecto a la remisión del expediente UIF nº

    754/2007 (ROS), que el presente recurso directo –originado en un sumario efectuado a un sujeto obligado por el incumplimiento de la obligación de reportar operaciones sospechosas– no guardaba relación ni dependencia alguna con la causa penal donde se investigaba a personas, distintas de las sumariadas, por la posible comisión del delito de lavado de activos.

    Asimismo, manifestó encontrarse imposibilitado de efectuar...

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