BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Fecha de la disposición 2 de Enero de 2015

2/1/2015

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS

Nos dirigimos a Uds. a los efectos de subsanar un error en el pie de página de las hojas de reemplazo provistas mediante la comunicación de la referencia.

Por tal motivo, se acompaña en anexo las hojas que corresponde reemplazar en las normas sobre “Capitales mínimos de las entidades financieras”.

Saludamos a Uds. atentamente.

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

ANA M. DENTONE, Subgerente de Emisión de Normas. — MATÍAS A. GUTIÉRREZ GIRAULT, Gerente de Emisión de Normas.

ANEXO

B.C.R.A.CAPITALES MÍNIMOS DE LAS ENTIDADES FINANCIERASSección 10. Disposiciones transitorias.

10.1. Adquisiciones de entidades financieras.

A los efectos de la determinación de la responsabilidad patrimonial computable sobre base consolidada, la entidad que consolide podrá adicionar el importe registrado en la partida específica en el rubro Previsiones del Pasivo.

10.2. Fusión de entidades financieras.

A los efectos de la determinación de la responsabilidad patrimonial computable, se podrá adicionar el importe correspondiente a la “llave de negocio negativa” registrado en la partida específica en el rubro Previsiones del Pasivo.

10.3. A los efectos de la implementación de lo establecido en la Sección 7., las entidades financieras deberán aplicar a la exigencia que surja de utilizar la expresión prevista en el punto 7.1. el coeficiente que corresponda de acuerdo con los siguientes cronogramas:

10.3.1. Entidades financieras que al 1.2.12 pertenezcan al Grupo “A” según lo previsto en el punto 7.1. de la Sección 7. “Separación de funciones ejecutivas y de dirección”, Capítulo I de la Circular CREFI - 2 (texto según punto 1. de la Comunicación “A” 5106):

PeríodoCoeficienteFebrero 2012 / Marzo 20120Abril 2012 / Julio 20120,50Agosto 2012 / Noviembre 20120,75Diciembre 20121

10.3.2. Entidades financieras que al 1.2.12 pertenezcan a los Grupos “B” o “C” según lo previsto en el punto 7.1. de la Sección 7. “Separación de funciones ejecutivas y de dirección”, Capítulo I de la Circular CREFI - 2 (texto según punto 1. de la Comunicación “A” 5106):

PeríodoCoeficienteFebrero 2012 / Marzo 20120Abril 2012 / Octubre 20120,25Noviembre 2012 / Diciembre 20130,50Enero 2014/ Febrero 20150,75Marzo 20151

Los coeficientes consignados en la tabla precedente no serán de aplicación cuando, en virtud de lo previsto en el acápite ii) del punto 9. de la...

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