Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 9 de Mayo de 2017, expediente CAF 032385/2009/CA002

Fecha de Resolución 9 de Mayo de 2017
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL SALA I Causa nº 32385/2009, “BANCO B I CREDITANSTALT SA c/ BCRA -DTO 905/02- s/PROCESO DE CONOCIMIENTO”; Juzgado nº 6.

En Buenos Aires, a los 9 días del mes mayo de 2017, reunidos en acuerdo los señores jueces de la Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, para resolver en los autos, “Banco B I Creditanstalt S.A. c/ BCRA – dto. 905/02 s/

procesos de conocimiento”, El señor juez R.E.F. dijo:

  1. La firma “Banco BI CreditAnstalt S.A.” (el banco)

    promovió demanda en los términos de los artículos 25 y 30 de la ley 19.549, contra el Banco Central de la República Argentina (BCRA), a fin de que se le restituya la suma de $42.708.198,12, cobrados indebidamente en la oportunidad de liquidar el valor de los Boden Libor U$S 2012, en virtud de lo dispuesto en el artículo 29, inciso “e”, del decreto 905/2002, con más intereses. Asimismo, solicitó que se cite al Estado Nacional – Ministerio de Economía, ante el supuesto de que los fondos resultantes de la correcta aplicación de los conceptos “CER” e “intereses al 2% anual” se le hayan transferido.

  2. El señor juez de primera instancia rechazó (i) la excepción de prescripción planteada por el BCRA y (ii) la demanda formulada. Ambas con costas (fs. 580/584vta.).

    Para decidir de esa manera sostuvo:

    (i) respecto de la excepción de prescripción, haciendo propios los argumentos desarrollados en el dictamen de la señora fiscal federal, que:

    (a) “el plazo de prescripción bienal del artículo 4037 del Código Civil se aplica en los supuestos de responsabilidad Fecha de firma: 09/05/2017 Alta en sistema: 11/05/2017 Firmado por: DR. FACIO - DR. GRECCO - LIC. DRA. DO PICO , JUECES DE CAMARA #10728759#157055287#20170511090647453 Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL SALA I Causa nº 32385/2009, “BANCO B I CREDITANSTALT SA c/ BCRA -DTO 905/02- s/PROCESO DE CONOCIMIENTO”; Juzgado nº 6.

    extracontractual del Estado, sin que corresponda distinguir entre la actividad lícita y la actividad ilícita del poder público”; (b) los reclamos administrativos interrumpen el curso de la prescripción y la falta de resolución de ellos produce la suspensión de dicho plazo; (c) de las actuaciones administrativas surge que el 2 de mayo de 2008 se presentó un reclamo administrativo que no fue resuelto, por lo que la suspensión del plazo de prescripción se prolongó hasta la presentación de la demanda, correspondiendo, en consecuencia, desestimar la excepción planteada; (ii) respecto del plano sustancial:

    (a) que suscribir los bonos en cuestión en efectivo era solamente una alternativa prevista para los casos de las entidades que no contaran con los activos elegibles para garantías de adelanto; (b) que el banco había agotado todos sus activos con mayor grado de prelación que el dinero en efectivo ofrecido; (c) que “el criterio aplicado a efectos de liquidar los bonos a suscribir resultaban idénticos para cualquiera de las situaciones previstas en la norma, ya que la finalidad perseguida por la normativa había sido por un lado compensar a las entidades los efectos patrimoniales negativos de la pesificación asimétrica y revertir la posición negativa de la moneda, y por otro si esa compensación no resultaba suficiente, permitir a las entidades a suscribir más bonos en dólares (cobertura) aplicando activos elegibles con el orden de prelación establecido en el art. 15 del dto. 905/02, o su adquisición en efectivo como alternativa residual”; (d) la nota ONCP nº 61/03 había resuelto el criterio a aplicarse para las suscripciones en efectivo, igualando a tal fin las Fecha de firma: 09/05/2017 Alta en sistema: 11/05/2017 Firmado por: DR. FACIO - DR. GRECCO - LIC. DRA. DO PICO , JUECES DE CAMARA #10728759#157055287#20170511090647453 Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL SALA I Causa nº 32385/2009, “BANCO B I CREDITANSTALT SA c/ BCRA -DTO 905/02- s/PROCESO DE CONOCIMIENTO”; Juzgado nº 6.

    diferentes situaciones, con sustento en que la fecha de suscripción de los bonos fue posterior a la fecha de emisión y en que la entrega de los mismos incluyó el pago de todos los servicios de renta y amortización vencidos; (e) la parte actora renunció a efectuar algún reclamo por los conceptos referidos en los artículos 28 y 29 del decreto 905/02; (f) si bien la demanda podría rechazarse en función de la doctrina de los actos propios, lo cierto es que los bonos citados han sido liquidados y suscriptos de conformidad con la normativa en cuestión.

  3. El pronunciamiento fue apelado por el banco (fs.

    586), que expresó agravios (fs. 596/612vta.) que fueron replicados por el BCRA (fs. 619/629) y el Estado Nacional – Ministerio de Economía (fs. 631/640).

    Los agravios pueden sintetizarse de la siguiente manera:

    (i) el derecho que tenía de adquirir los bonos no era un negocio financiero sino una compensación por las pérdidas y perjuicios que el Estado le había ocasionado por hacerle pagar a sus depositantes un exceso del 40% respecto de los valores nominales depositados por estos últimos en sus cuentas; (ii) no actuó libremente y no puede entenderse que fue “contra sus propios actos” ya que formular las renuncias a realizar reclamos y desistir de los recursos era una obligación para adquirir los bonos en cuestión, establecida por el ente rector, quien, a su vez, tenía la potestad de sancionar o suspender la licencia para funcionar como entidad financiera al banco que no los adquiriese; Fecha de firma: 09/05/2017 Alta en sistema: 11/05/2017 Firmado por: DR. FACIO - DR. GRECCO - LIC. DRA. DO PICO , JUECES DE CAMARA #10728759#157055287#20170511090647453 Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL SALA I Causa nº 32385/2009, “BANCO B I CREDITANSTALT SA c/ BCRA -DTO 905/02- s/PROCESO DE CONOCIMIENTO”; Juzgado nº...

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