Sentencia de Sala II, 15 de Julio de 2010, expediente 29.235

Fecha de Resolución15 de Julio de 2010
EmisorSala II

Poder Judicial de la Nación 2010 - Año del Bicentenario Sala

II- Causa n° 29.235 “A., J.A. s/ prórroga de la prisión preventiva”.

Juzgado Fed. n1 2 – S.. n1 3.

expte. 15750/2008/15.-

Reg. n° 31.676

Buenos Aires, 15 de julio de 2010.-

Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Llegan las presentes actuaciones a conocimiento del USO OFICIAL

    Tribunal, en virtud de la remisión dispuesta por el Señor Magistrado de grado, a fin de que esta Cámara efectúe el debido control de su decisión de fs. 85/86, por la que se prorrogó el tiempo del encarcelamiento preventivo de J.A.A..

  2. En la presentación que luce a fojas 111/113, el señor Defensor Oficial ad hoc doctor R.D.L.G. solicitó el cese de la prisión preventiva de su pupilo y que se le conceda la libertad, por entender que la decisión en cuestión incumple las pautas normativas previstas por la ley 24.390, como así también por la Constitución Nacional y los Tratados y Pactos que la integran.

  3. Se adelanta que la decisión denegatoria del magistrado de la anterior instancia y la prórroga de la prisión preventiva establecida habrá de ser homologada, siendo aplicables aquellos fundamentos desarrollados por esta Alzada al rechazar la solicitud de excarcelación del imputado (ver incidente n°27.617, reg. nº 30.037, rta. el 17 de junio de 2009).

    En efecto, en reiterados pronunciamientos se ha sostenido que: A... la validez del artículo 1° de la Ley 24.390 se halla supeditada a la circunstancia de que los plazos fijados en aquella norma no resulten de aplicación automática…, sino que han de ser valorados en relación a las pautas establecidas en los arts. [280] y 319 del... Código Procesal Penal... a los efectos de establecer si la detención ha dejado de ser razonable.@ (C.C.C. Fed., S.I.,

    causa n° 18.808 AGallo, F.C. s/ prórroga prisión preventiva@, reg. 19.770 de fecha 16/5/02 y sus citas, en particular, Corte Suprema de Justicia de la Nación,

    Fallos 319:1840 y 321:1328 y causa n1 22.925, AAcosta, J. s/ prórroga de la prisión preventiva@, rta. el 15/09/2005, reg. n1 24.200, entre muchas).

    A ello corresponde agregar que la Corte Suprema de Justicia de la Nación también sostuvo que la ley 24.390 no ha derogado las normas que rigen el instituto de la excarcelación, razón por la cuál las disposiciones de aquella ley deben ser interpretadas a la luz del Código Procesal Penal de la Nación (ver CSJN, causa n° 44.891, ABramajo@, rta el 12/9/1996, reg B 851.

    XXXI).

    Para determinar, entonces, si el plazo de detención ha dejado de ser razonable, deben valorarse las pautas establecidas en los artículos 316,

    317 y 319 del Código Procesal Penal de la Nación, o como en este caso, en donde se sigue el trámite previsto por el Código de Procedimientos en Materia Penal, las fijadas en los artículos 379 y 380 de ese cuerpo legal.

    En tal sentido, no resulta de aplicación lo preceptuado en el artículo 379, inciso 1°...

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