Aviso Oficial Notif.A la Firma Solo Dos Srl

Fecha de disposición16 Febrero 2007
Fecha de publicación16 Febrero 2007
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales
Número de Gaceta31097

COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES Perú 103 - Capital Federal NOTIFICASE al Sr. Maximiliano Ezequiel CARDOZO, la Resolución CNC N° 1308/06, dictada en el Expte. N° 3095/05, cuya parte resolutiva pertinente se transcribe a continuación:

ARTICULO 1°

Comisar un Handy marca YAESU, modelo FT-411E, número de serie ilegible, sin antena ni pack, propiedad del Sr. Maximiliano Ezequiel CARDOZO, de acuerdo con lo establecido en el artículo 81, inciso a) del Decreto Ley N° 33.310/44, ratificado por Ley N° 13.030, por los motivos expuestos en los considerandos.

Conste que el presente se publica por el término de TRES (3) días y que de acuerdo con lo dispuesto por el art. 33 del Dto. N° 1185/90 y sus modificatorios, el acto dictado agota la instancia administrativa, sin perjuicio de lo cual y conforme lo establece la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos - Dto. N° 1759/72 (T.O. 1991), en sus arts. 84 y 94, se podrán articular los recursos de reconsideración o alzada dentro de los DIEZ (10) y QUINCE (15) días hábiles administrativos, respectivamente, computados a partir de los CINCO (5) días de la última publicación de este edicto. -- Ing.

CEFERINO A. NAMUNCURA, Interventor, Comisión Nacional de Comunicaciones.

e. 15/2 N° 537.678 v. 19/2/2007 COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES Perú 103 - Capital Federal NOTIFICASE al Sr. Aldo MICIULEVICIUS, la Resolución CNT N° 1632/95, dictada en el Expte. N° 9172/94, cuya parte resolutiva pertinente se transcribe a continuación:

ARTICULO 1°

Comisar un transceptor marca ICOM, modelo IC 229H, número de serie 24042, con micrófono de palma, propiedad del Sr. Aldo MICIULEVICIUS, de acuerdo con lo establecido en el artículo 81, inciso a) del Decreto Ley N° 33.310/44, ratificado por Ley N° 13.030, por los motivos expuestos en los considerandos.

Conste que el presente se publica por el término de TRES (3) días y que de acuerdo con lo dispuesto por el art. 33 del Dto. N° 1185/90 y sus modificatorios, el acto dictado agota la instancia administrativa, sin perjuicio de lo cual y conforme lo establece la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos - Dto. N° 1759/72 (T.O. 1991), en sus arts. 84 y 94, se podrán articular los recursos de reconsideración o alzada dentro de los DIEZ (10) y QUINCE (15) días hábiles administrativos, respectivamente, computados a partir de los CINCO (5) días de la última publicación de este edicto. -- Ing.

CEFERINO A. NAMUNCURA, Interventor, Comisión Nacional de Comunicaciones.

e. 15/2 N° 537.680 v. 19/2/2007 COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES Perú 103 - Capital Federal NOTIFICASE al Sr. Fabricio Guillermo CAMPAGNOLI, la Resolución CNC N° 1392/04, dictada en el Expte. N° 1789/01, cuya parte resolutiva pertinente se transcribe a continuación:

ARTICULO 1°

Comisar un transceptor marca YAESU, modelo FT-3000M, número de serie 6J060140, con micrófono de palma, equipo destruido inutilizable, propiedad del Sr. Fabricio Guillermo CAMPAGNOLI, de acuerdo con lo establecido en el artículo 81, inciso a) del Decreto Ley N° 33.310/44, ratificado por Ley N° 13.030, por los motivos expuestos en los considerandos.

Conste que el presente se publica por el término de TRES (3) días y que de acuerdo con lo dispuesto por el art. 33 del Dto. N° 1185/90 y sus modificatorios, el acto dictado agota la instancia administrativa, sin perjuicio de lo cual y conforme lo establece la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos - Dto. N° 1759/72 (T.O. 1991), en sus arts. 84 y 94, se podrán articular los recursos de reconsideración o alzada dentro de los DIEZ (10) y QUINCE (15) días hábiles administrativos, respectivamente, computados a partir de los CINCO (5) días de la última publicación de este edicto. -- Ing.

CEFERINO A. NAMUNCURA, Interventor, Comisión Nacional de Comunicaciones.

e. 15/2 N° 537.683 v. 19/2/2007 COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES Perú 103 - Capital Federal NOTIFICASE al Sr. Enrique BACH, la Resolución CNC N° 1335/06, dictada en el Expte. N° 834/ 03, cuya parte resolutiva pertinente se transcribe a continuación:

ARTICULO 1°

Rechazar el recurso de reconsideración interpuesto por el Sr. Enrique BACH, contra la Resolución CNC N° 909, de fecha 18 de Febrero de 2005, por los motivos expuestos en los considerandos.

Conste que el presente se publica por el término de TRES (3) días y que de acuerdo con lo dispuesto por el art. 33 del Dto. N° 1185/90 y sus modificatorios, el acto dictado agota la instancia administrativa, sin perjuicio de lo cual y conforme lo establece la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos - Dto. N° 1759/72 (T.O. 1991), en sus arts. 84 y 94, se podrán articular los recursos de reconsideración o alzada dentro de los DIEZ (10) y QUINCE (15) días hábiles administrativos, respectivamente, computados a partir de los CINCO (5) días de la última publicación de este edicto. -- Ing.

CEFERINO A. NAMUNCURA, Interventor, Comisión Nacional de Comunicaciones.

e. 15/2 N° 537.684 v. 19/2/2007 COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES Perú 103 - Capital Federal NOTIFICASE al Sr. Enrique Fernando CASTRO, la Resolución CNC N° 1023/97, dictada en el Expte. N° 81/95, cuya parte resolutiva pertinente se transcribe a continuación:

ARTICULO 1°

Comisar un transceptor marca MC KINLEY, modelo sin identificación, número de serie 25000565, sin micrófono, propiedad del Sr. Enrique Fernando CASTRO, de acuerdo con lo establecido en el artículo 81, inciso a) del Decreto Ley N° 33.310/44, ratificado por Ley N° 13.030, por los motivos expuestos en los considerandos.

Conste que el presente se publica por el término de...

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