Aviso Oficial

Fecha de publicación30 Septiembre 2009
Fecha de disposición30 Septiembre 2009
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales
Número de Gaceta31748
  1. Ser mayor de edad.

  2. Saber leer y escribir.

  3. Tener una antigüedad como afiliado y en la profesión o actividad de que se trate de dos (2) años consecutivos inmediatos anteriores a la fecha de elección y encontrarse desempeñando la actividad municipal durante dos (2) años inmediatos anteriores a la fecha de la elección.

  4. Los trabajadores en relación de dependencia, podrán ser aspirantes a ocupar cargos directivos, cuando reúnan las condiciones del inc. d).

  5. No menos del setenta y cinco por ciento (75%) de los cargos directivos y/o representativos del sindicato, serán desempeñados por ciudadanos argentinos. Indefectiblemente la máxima autoridad ejecutiva y su inmediata inferior, serán ejercidos por ciudadanos argentinos.

  6. No registrar antecedentes civiles, penales o policiales incompatibles con el ejercicio de las funciones, conforme a las disposiciones del artículo 18º de la Ley Nº 23.551 artículo 16º de su Decreto Reglamentario Nº 467/88.

  7. Respecto a la representación femenina se aplicará lo establecido en la Ley 25.674 y su Decreto Reglamentario 514/03.

Se deja constancia que el número de afiliados al tiempo de la aprobación del estatuto fue de treinta y seis (36) socios. -- MIRTA G. DE PASCOLINI, Jefa Administrativa del Departamento Estructura Sindical.

SINTESIS DEL ESTATUTO SOCIAL DEL SINDICATO DE OBREROS, EMPLEADOS Y ESPECIALISTAS DE LOS SERVICIOS E INDUSTRIAS DE LAS TELECOMUNICACIONES DE LA PAMPA (S.O.E.E.S.I.T.L.P), APROBADO POR RESOLUCION M.T.E.Y S.S. Nº 842/02.

ARTICULO 1º

Se denomina SINDICATO DE OBREROS, EMPLEADOS Y ESPECIALISTAS DE LOS SERVICIOS E INDUSTRIAS DE LAS TELECOMUNICACIONES DE LA PAMPA (S.O.E.E.S.I.T.L.P.), a la entidad gremial de primer grado, con domicilio real en la calle veintidós número quinientos sesenta y cinco de la ciudad de General Pico - Provincia de La Pampa, República Argentina, donde queda constituido legalmente a sus efectos o en el lugar que en el futuro se fije dentro de esa jurisdicción. Su ámbito de representación personal agrupará, a todos los trabajadores de las Empresas de Telecomunicaciones. Entre otros, a modo de descripción, se enuncian las siguientes actividades: Industrias, Servicios, Construcción, Mantenimiento, Comercialización de las Telecomunicaciones y Multimedia en sus distintas etapas, abarcando todas las funciones laborales, ya sean realizadas por las Empresas o sus contratistas.

Objeto: ARTICULO 3º: La Entidad tendrá los objetivos y fines que se indican a continuación:

  1. fomentar la unión y la agremiación de todos los trabajadores de la Asociación; b) defender y representar a los trabajadores telefónicos ante las Empresas Empleadoras y/u Organismos que correspondan; c) cooperar con las Autoridades Públicas en el estudio de las cuestiones que interesen al Gremio, a sus afiliados o la población en general; d) defender y representar al Gremio y sus afiliados en cuestiones gremiales y de trabajo ante la justicia, empleadores, y toda repartición del estado, ya sea ésta Nacional, Provincial, Municipal, o entes Autárquicos; e) vigilar las condiciones de trabajo y solicitar su razonable mejoramiento; f) propiciar y concretar mejoras a las Convenciones Colectivas de Trabajo e intervenir en las mismas cuando corresponda; g) obtener y conservar la Personería Gremial y todos los derechos inherentes a la misma; h) efectuar actos y obras de carácter cultural, deportivos y de perfeccionamiento entre los asociados, creando un sano espíritu de cordialidad y elevado sentido de la justicia, solidaridad y bien común;

  2. organizar y promover la formación de cooperativas, mutuales y sociedad de producción, de consumo, de crédito y de vivienda ajustadas a la legislación vigente; j) fomentar los hábitos de estudio, trabajo, economía, asistencia social, deportes y turismo de los telefónicos y sus familias.

Al efecto se crearán bibliotecas, escuelas técnicas, escuelas de capacitación sindical, lugares de esparcimiento, campos deportivos, colonias de vacaciones, guarderías infantiles y los de protección al trabajador y su familia; k) mantener relaciones solidarias con todas las organizaciones de trabajadores y conducta ajustada a las normas estatutarias y fraternales con F.O.E.E.S.I.T.R.A., a efectos de consolidar y defender la unidad de los trabajadores telefónicos; I) ayudar moral y económicamente a los afiliados; m) luchar por la defensa de un mismo nivel de vida para los jubilados con relación a los trabajadores en actividad; n) excluir todo trato discriminatorio en razón de ideologías políticas.

ARTICULO 2º

La zona de actuación de (S.O.E.E.S.I.T.L.P.), estará comprendida por los Partidos de: General Pinto, Carlos Tejedor, General Viamonte, General Villegas, Lincoln, Pellegrini, Rivadavia de la Provincia de Buenos Aires y toda la Provincia de La Pampa, como jurisdicción que se fija al efecto y que se regirá por los presentes Estatutos.

ARTICULO 37º

El Sindicato estará dirigido y administrado por una Comisión Administrativa compuesta por once (11) miembros titulares, que desempeñarán los siguientes cargos: Secretario General, Secretario Adjunto, Secretario de Finanzas y Administración, Secretario de Organización,

Secretario de Prensa y Propaganda, Secretario de Capacitación y Cultura, Secretario de Acción Social, Secretario de Relaciones Gremiales, Secretario de Actas, Secretario de Asuntos Profesionales y Secretario de Previsión. Habrá además nueve (9) vocales suplentes, que sólo integrarán la Comisión Directiva en caso de licencia, renuncia, fallecimiento o separación del cargo de los titulares.

El mandato de los miembros de la Comisión Administrativa durará cuatro (4) años y sus integrantes podrán ser reelectos.

Al día 18 de mayo de 2009, fecha de otorgamiento de la Personería Gremial, mediante Resolución 419/2009, el SINDICATO DE OBREROS, EMPLEADOS Y ESPECIALISTAS DE LOS SERVICIOS E INDUSTRIAS DE LAS TELECOMUNICACIONES DE LA PAMPA (S.O.E.E.S.I.T.L.P.), cuenta con un total de CUATROCIENTOS NUEVE (409) afiliados. --...

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