Aviso Oficial

Fecha de disposición07 Mayo 2010
Fecha de publicación07 Mayo 2010
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales
Número de Gaceta31899

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS RESUELVE:

ARTICULO 1º

Ordénase la inscripción en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares, del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado de la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA creado por Ley Nº 20.247, de la creación fitogenética de algodón transgénico NUOPAL RR, solicitada por la empresa D&PL TECHNOLOGY HOLDING COMPANY, LLC, representada en la REPUBLICA ARGENTINA por el señor Don Miguel ALVAREZ ARANCEDO.

ARTICULO 2º

Por la Dirección de Registro de Variedades, expídase el respectivo título de propiedad.

ARTICULO 3º

Regístrese, comuníquese al interesado, publíquese a su costa en el Boletín Oficial y archívese. -- Ing. Agr. CARLOS A. RIPOLL, Presidente, Instituto Nacional de Semillas.

e. 07/05/2010 Nº 48081/10 v. 07/05/2010 MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS Resolución Nº 23/2010

Bs. As., 4/3/2010

VISTO el Expediente Nº S01:0213243/2003 del Registro del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y su agregado sin acumular Nº S01:0304551/2009 del Registro del ex MINISTERIO DE PRODUCCION, y CONSIDERANDO:

Que la empresa D&PL TECHNOLOGY HOLDING COMPANY, LLC., representada en la REPUBLICA ARGENTINA por el señor Don Miguel ALVAREZ ARANCEDO, solicita la inscripción de la creación fitogenética de algodón transgénico DP 402 BG/RR, en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares, creado por Ley Nº 20.247.

Que la Dirección de Registro de Variedades del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado de la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, ha informado que se han cumplido los requisitos exigidos por el Artículo 6º del Convenio Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales, aprobado por Ley Nº 24.376 y el Artículo 26 del Decreto Nº 2183 de fecha 21 de octubre de 1991, Reglamentario de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247, para el otorgamiento del respectivo título de propiedad.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Comisión Nacional de Semillas, creada por Ley Nº 20.247, en su reunión de fecha 9 de febrero de 2010, según Acta Nº 369, ha aconsejado hacer lugar a lo solicitado.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto, en virtud de lo establecido en el Artículo 9º del Decreto Nº 2817 de fecha 30 de diciembre de 1991, ratificado por Ley Nº 25.845.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS RESUELVE:

ARTICULO 1º

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