Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV, 5 de Septiembre de 2023, expediente CAF 002022/2022

Fecha de Resolución 5 de Septiembre de 2023
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL

— SALA IV —

CAF 2022/2022/CA2: “Avios Rosario S.R.L. c/ E.N. – M. Desarrollo Productivo –

S.. Industria, Economía del Conocimiento y Gestión Comercial (SIMI 034030C) y otro s/ Proceso de Conocimiento”

Buenos Aires, 5 de septiembre de 2023.

VISTO:

El recurso de apelación interpuesto por el Estado Nacional,

contra la resolución del 3.03.2023; y CONSIDERANDO:

  1. ) Que el señor juez de primera instancia desestimó el planteo esbozado por el Estado Nacional en torno al carácter abstracto del litigio a raíz de la derogación del régimen cuestionado.

    En este orden de ideas, remarcó que, el 9.09.2022, había admitido la medida cautelar peticionada, respecto de la declaración del Sistema Integral de Monitoreo de Importaciones (SIMI) 22042SIMI013251F.

  2. ) Que, disconforme con el pronunciamiento, el Estado Nacional dedujo recurso de apelación el 10.03.2023, que fue concedido en relación el 14.03.2023. El memorial —presentado el 27.03.2023— no mereció

    réplica alguna por su contraparte (cfr. providencia del 29.08.2023).

    En sustancial síntesis, destaca que, como consecuencia del cambio normativo operado en el régimen jurídico aplicable en la especie, “la pretensión articulada (…) ha sufrido una alteración sustancial que obsta a la existencia de un caso judicial”.

  3. ) Que las sentencias deben ceñirse a las circunstancias existentes al momento de ser dictadas, aunque sean posteriores al recurso (Fallos:

    301:693; 310:670; 320:2603), pues el Tribunal tiene vedado expedirse sobre planteos que devienen abstractos, en tanto todo pronunciamiento resultaría inoficioso al no decidir un conflicto litigioso actual (doctrina de Fallos: 317:1469;

    318:2438; 327:664; 329:187; 331:2470; 339:727; 341:122 y 471, entre otros;

    asimismo, esta Sala, “Harlye S.A. c/ E.N. – Min. Producción – SCI y otro s/

    Proceso de Conocimiento”, resolución del 04.07.2019).

    Fecha de firma: 05/09/2023

    Firmado por: M.D.D., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: R.W.V., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: J.E.M., JUEZ DE CAMARA 1

    Desde esta perspectiva, corresponde admitir los cuestionamientos del Estado Nacional, pues no puede perderse de vista que la entrada en vigencia de la resolución general conjunta 5271/22 —derogatoria del régimen normativo involucrado en el pleito— torna inoficioso un pronunciamiento sobre estos actuados.

    Ello así, en virtud de las conclusiones expuestas por el Tribunal en el precedente...

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