Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix, 16 de Abril de 2019, expediente CNT 030650/2015/CA001

Fecha de Resolución16 de Abril de 2019
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX Causa N°: 30650/2015 - AVILA, R.N. c/ BENABEN, P.A. Y OTROS s/DESPIDO Buenos Aires, 16 de abril de 2019.

VISTO:

Arriban las presentes actuaciones en virtud del recurso de apelación deducido por la codemandada Universidad Tecnológica Nacional a fs. 108/110 contra la resolución dictada a fs. 104/105, por medio de la cual la Sra. Juez a quo declaró la competencia del fuero.

La réplica de la parte actora luce a fs. 120 y el dictamen del Sr. Fiscal General Interino ante esta Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo (cuya opinión fue requerida a fs. 126), se agrega en forma precedente.

Y CONSIDERANDO:

  1. Que este Tribunal comparte íntegramente lo dictaminado por el Sr. Fiscal General Interino ante esta Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo a fs.

    128/vta. (Dictamen Nº 89.184 del 20 de marzo de 2019), a cuyos fundamentos y conclusión corresponde remitir en razón de brevedad, en cuanto a que la Justicia Nacional del Trabajo resulta competente para entender en las presentes actuaciones, por cuanto en la demanda se invoca que la real empleadora del actor fue, en todo momento, “A&G Sistemas y Servicios S.R.L.”, quien se habría valido del ente educativo aquí apelante a fin de eludir su responsabilidad.

  2. Que por lo tanto no nos encontramos ante una controversia que verse sobre una vinculación atípica entre el Estado –lato sensu- y sus dependientes (circunstancias que desplazarían –en principio y a menos que se verifique la situación contemplada por el art. 2 inc. “a” LCT- las disposiciones del Derecho de Trabajo Privado y por ende, la aptitud jurisdiccional de este Fuero, como se sostiene en la apelación), sino Fecha de firma: 16/04/2019 Firmado por: A.E.B., JUEZ DE CAMARA - SALA IX Firmado por: R.C.P., JUEZ DE CAMARA - SALA IX #27003764#232185689#20190416115215635 Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX ante una cuestión promovida contra una persona jurídica privada sujeta al régimen de la Ley de Contrato de Trabajo, lo cual posibilita la subsunción del caso en el amplio espectro competencial delimitado por los arts. 20 y 21, inc. “a” de la ley 18.345.

  3. Que por las razones expuestas, entonces, se sugiere la confirmación de la resolución apelada, con...

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