Sentencia Interlocutoria de Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, 10 de Agosto de 2016, expediente Rc 120705

PresidenteKogan-Negri-de Lázzari-Hitters
Fecha de Resolución10 de Agosto de 2016
EmisorCorte Suprema de la Provincia de Buenos Aires
  1. 120.705 "Asociación Inquietudes Ciudadanas contra C.S.A.. Materia a categorizar".

//Plata, 10 de Agosto de 2016.

AUTOS Y VISTO:

  1. Conforme surge de las constancias acompañadas, el titular del Juzgado Civil y Comercial n° 7 del Departamento Judicial La Plata se declaró incompetente para entender en los presentes autos al considerar que el daño ambiental objeto de la presente acción, referido a la contaminación visual provocada por la utilización de cableado aéreo para la prestación del servicio que brinda "Cablevisión S.A.", cuyo marco de actuación se encuentra contemplado en la ley 26.522 vinculado con el ejercicio de prerrogativas concedidas a través de los diferentes actos administrativos emitidos por organismos de orden nacional, provincial o municipal que, en el caso intervienen tanto en la concesión de la licencia correspondiente como así también en la implementación efectiva del servicio -tanto en la faz preventiva como en su faz reparadora-, se encuentra ligada a la actividad delegada al Poder Ejecutivo en sus entes nacionales, provinciales y municipales circunstancia que excede la competencia del juzgado a su cargo y resulta propia de la especificidad del fuero contencioso administrativo (fs. 6/9).

    A su turno, la Sala III de la Cámara Primera de Apelación del fuero del mismo departamento judicial confirmó lo resuelto, en cuanto dispuso la radicación de los actuados ante el juzgado contencioso administrativo que corresponda.

    Para así decidir, la alzada ponderó que la parte actora trató de hacer efectiva la responsabilidad patrimonial de la firma accionada, y además reclamó la intervención de la Municipalidad de La Plata, la que podría ser llamada en calidad de tercero necesario en cuanto a su poder de policía, supuesto aprehendido por la cláusula general que define la materia contencioso administrativa (fs. 1/5).

    Contra dicho pronunciamiento, la asociación accionante dedujo recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley (fs. 10/26 vta.) el que denegado por no resultar definitivo lo resuelto (fs. 27/28), motivó la presente queja ante esta...

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