Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 9 de Junio de 2017, expediente FSA 011000072/2006/CA003
Fecha de Resolución | 9 de Junio de 2017 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA II - SECRETARIA CIVIL 2 |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA II “ASOCIACION DE CLINICAS Y SANATORIOS PRIVADOS DE LA PROVINCIA DE SALTA C/
INSTITUTO NACIONAL PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS (PAM I) S/ MEDIDAS PRELIMINARES”
Expte. N° FSA 11000072/2006/CA3 Juzgado Federal de Salta N° 1 ta, 9 de junio de 2017.
VISTO:
Los recursos de apelación de fs. 1458 y 1466/1467, y; CONSIDERANDO:
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Que vienen las presentes actuaciones en virtud de los recursos de apelación deducidos por el apoderado del PAMI (fs. 1458) y por el de la parte actora (fs. 1466/1467) en contra de la resolución de fs. 1456 y vta., por la que el Juez de primera instancia reguló los honorarios profesionales del perito contador J.M. por su actuación en el presente juicio en la suma de $ 235.508.
Para así decidir, el a quo tomó como base la suma de $
14.719.274,31 resultante de la planilla de liquidación aprobada a fs. 24 de las actuaciones relativas expte. N° 11000072/06/02 y tuvo en cuenta las disposiciones arancelarias vigentes contenidas en el Decreto Ley 16.638/57, como así también la tarea desplegada por el perito, el tiempo insumido, Fecha de firma: 09/06/2017 Firmado por: G.F.E., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.X.S.P., SECRETARIA DE CAMARA Firmado por: A.A.C., JUEZ DE CAMARA #8687704#180631583#20170609120430603 extensión de las presentaciones efectuadas, incidencia en el resultado del proceso, lo que a criterio del juzgador justificó el apartamiento de los porcentajes mínimos fijados por las normas arancelarias, de acuerdo a lo previsto por el art. 13 de la ley 24.432.
1.1 El apoderado del PAMI se agravió señalando que dicha regulación no se ajusta a la base económica dispuesta por este Tribunal en la sentencia de fecha 4/04/16, lo que le causa un gravamen irreparable.
1.2 Por su parte, el apoderado de la actora los apeló por considerarlos elevados.
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Que conforme surge del presente proceso, la resolución por la cual se regularon los honorarios aquí recurridos fue dictada en fecha 11/09/15, es decir con anterioridad a que este Tribunal resolviera los diversos recursos deducidos en las...
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