Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2, 25 de Octubre de 2018, expediente CFP 007351/2015/1/CA001

Fecha de Resolución25 de Octubre de 2018
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2 CFP 7351/2015/1/CA1 CCCF- Sala II CFP 7351/2015/1/CA1 “Lutvak, A. s/incidente de nulidad”

J.. Fed. n° 5 - Sec. n° 9.

Buenos Aires, 25 de octubre de 2018 VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Llegan las presentes actuaciones a conocimiento de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por los Dres.

    E.G.A. y J.M.G., en representación de A.L., contra la resolución que obra a fs. 17/23 de la presente incidencia, en cuanto no se hizo lugar a la nulidad planteada.

  2. Cabe mencionar que la presente causa se inició con fecha 13 de julio del año 2015 a raíz de la presentación efectuada por el Dr.

    M.S. en la que denunció por administración fraudulenta a la Federación Universitaria de la Universidad de Buenos Aires “F.U.B.A.”, siendo sus co presidentes, A.L. y J.I.A. (cfr. fs. 1/7 del ppal.).

    El día 14 de julio del 2015 se delegó la instrucción en el R. delM.P.F., quien previa ratificación requirió al Rector de la Universidad de Buenos Aires, toda la información relacionada con el reconocimiento de la universidad a la F.U.B.A., la cesión de espacios, entre otras cosas.

    Además, solicitó al a quo que se libren ordenes de presentación a la Inspección General de Justicia a fin de recabar toda la documentación de la Federación, y a ésta ultima para que remita el estatuto de constitución, la nómina de autoridades y todas las constancias relativas al manejo de actividades comerciales (cfr. fs. 37 y 39 del ppal.).

    También se libraron varios oficios al Rector de la UBA solicitando que informara la ubicación e identificación de los espacios/oficinas/locales ocupados por la FUBA en todas las sedes de la universidad -cfr. fs. 91 y 96/125 del ppal.-

    Por su parte, D.M.C. –ex Director de IGJ-

    refirió que la asociación se encontraba en el Registro de Entidades Inactivas (resolución 4/2014 de la IGJ).

    Fecha de firma: 25/10/2018 Firmado por: M.I., Juez de Cámara Firmado por: L.B., Juez de Cámara Firmado por: MARIANO LLORENS, Juez de Cámara Firmado(ante mi) por: L.V.L., Secretaria de Cámara #32252245#219924919#20181025111559386 Ahora bien, con fecha 26 de noviembre del año 2015 el Sr.

    Fiscal ordenó al Sr. Jefe a cargo de la División Defraudaciones y Estafas de la Policía Federal Argentina, la realización de tareas investigativas en las distintas sedes de la Universidad de Buenos Aires con el objetivo de determinar si existían espacios gratuitos cedidos a la Federación, que estuvieran siendo explotados comercialmente (cfr. fs. 134 del ppal.).

    Atento a ello la defensa postuló la nulidad de dicho proceder con sustento en lo dispuesto por el artículo 31 de la Ley de Educación SuperiorLey 24.521-, en cuanto establece que: “La fuerza pública no puede ingresar en las instituciones universitarias nacionales si no media orden escrita previa y fundada de juez competente o solicitud expresa de la autoridad universitaria legítimamente constituida”.

    El magistrado interviniente rechazó la pretensión por cuanto entendió que la autonomía de la universidad debía ser interpretada de la forma más amplia posible, teniendo en cuenta la independencia de la misma y los antecedentes parlamentarios de la norma.

    Aludió entonces que, a partir de la reforma de 1994 (art. 120 CN), se consagró la igualdad entre jueces y fiscales, y agregó que la diligencia probatoria tildada de nula se encuentra debidamente delimitada y dispuesta como aquellas que puede efectuar el Ministerio Público sin recurrir al Juez (art. 196, 210 del CPPN.).

    Finalmente, remarcó que la defensa no indicó el perjuicio concreto que le generó a sus defendidos las tareas de investigación cuestionadas.

  3. Ahora bien, sobre el debate aquí planteado, el Dr. M.I. dijo:

    Concuerdo con lo expuesto por el magistrado sobre la autonomía universitaria, su importancia y origen, como así también el rol que, a partir de la reforma constitucional del año 1994, le fue reconocido a los...

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