Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 3 DE LA CAPITAL FEDERAL, 29 de Marzo de 2019, expediente CCC 036635/2012/TO01

Fecha de Resolución29 de Marzo de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 3 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 3 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 36635/2012/TO1 n la Ciudad de Buenos Aires, a los veintinueve días del mes de marzo del año dos mil diecinueve, siendo las 9.40. horas, fecha fijada para la celebración de la audiencia prevista en el art. 293 del C.P.P.N.

en esta causa n° 36.635/12 (registro interno n° 4.166) que, por el delito de robo, se sigue a LIU JIN GANG, se constituyeron en la Sala de audiencias del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 3, uno de sus integrantes, el Dr. M.A.C., asistido por la Sra.

Secretaria ¨ad hoc¨ Dra. D.V.. Acto seguido el Dr.

Caminos, verificó la presencia del Ministerio Público Fiscal, representado por la Sra. A.F., Dra. M.C., del imputado L.G.G., asistido por el Dr. C.A.E., quién se encuentra inscripto en el Tomo 57, Folio 735 del C.P.A.C.F., y enterado del cargo que se le confiere en esta causa como defensor de L.J.G., manifestó aceptarlo, jurando desempeñarlo bien y fielmente, constituyendo domicilio legal en Maipú 26, 13° piso, depto.

F

esta ciudad, tel. 15.4540-4150. Respecto de la Sra. S.A.P., presunta damnificada, se dejó un mensaje en el contestador automático de su teléfono celular, comprobaciones estas que se llevaron a cabo en presencia de la Sra. Secretaria. Se encuentra presente en la audiencia la traductora del idioma chino Sra.

H.C.W., y enterada del cargo que se le confiere en esta causa, manifestó aceptarlo, jurando desempeñarlo bien y fielmente, con nro. de inscripción 8463 del Colegio de Traductores Públicos de CABA. Seguidamente, el Sr. Presidente preguntó a las partes si conocían la imputación contenida en el requerimiento de elevación a juicio de fs. 136/7vta. y si estaban de acuerdo en que no se diera lectura al mismo, con lo que estuvieron de acuerdo. Acto seguido la Sra. Traductora del idioma chino le hizo saber el contenido del mismo a L.G.G.. Luego el Sr. Presidente cedió la palabra al Dr. E., quien solicitó se le concediera a su asistido la suspensión de juicio a prueba, debido a que carecía de antecedentes penales. Como reglas Fecha de firma: 29/03/2019 Firmado por: M.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: DOLORES VALLVERDÚ, Secretaria "ad hoc"

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