Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - Sala 1, 2 de Febrero de 2015, expediente FMZ 095000842/2008/TO/CFC001

Fecha de Resolución 2 de Febrero de 2015
EmisorSala 1

Camara Federal de Casación Penal - Sala I - 95000842 Cámara Federal de Casación Penal Asignación Tribunal Oral TO - PEREA FERNANDO Y OTROS s/USO DE DOCUMENTO ADULTERADO O FALSO (ART.296)

caratulaPrincipal

Buenos Aires, 30 de diciembre de 2014.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver la admisibilidad de la presentación directa efectuada por la defensa particular de F.P., R.A.M. y C.H.Á..

Y CONSIDERANDO:

El juez L.M.C. dijo:

  1. ) Que el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de San Juan rechazó el planteo de insubsistencia de la acción penal en favor de F.P., R.A.M. y C.H.Á..

    Contra esa resolución la defensa particular interpuso recurso de casación, el que fue concedido a fs. 938.

  2. ) Que el recurrente expresó que “Con base a lo estatuido en el art. 456 inc. 1º del C.P.P.N. esta parte fundamenta la casación, en virtud de haber el A. Quem incurrido en errónea aplicación de la ley sustantiva. Se funda asimismo en el inc. 2º por considerar que existe inobservancia de las normas que el código del rito establece bajo pena de inadmisibilidad, caducidad o nulidad, habiendo esta defensa efectuado la protesta de ocurrir en casación”.

    Sostuvo que “…La sentencia atacada posee vicios in procedendo, los que autorizan su anulación… en virtud de que la resolución exige fragmentación probatoria, falta de ponderación de prueba dirimente, argumentación dogmática y consideración de suposiciones como prueba, llegando al absurdo de interpretar que existieron actos procedimentales y probatorios, que necesitaron de 14 y 16 años para poder aportar pruebas, las que por otra parte fueron motivo de análisis en el auto de procesamiento de fecha 21 de marzo del año 2006, el que consta de CINCUENTA y SIETE (57) carillas. Ya antes del 18 de septiembre del año 2001 (fecha de la denuncia) se realizaron averiguaciones y un Fecha de firma: 02/02/2015 Firmado por: L.M.C., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado por: L.M.C., JUEZ CAMARA CASACION Firmado por: A.M.F., JUEZ DE CAMARA DE CASACION 1 Firmado por: J.C.G., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado(ante mi) por: J.R.D.A., SECRETARIO DE CAMARA sumario administrativo. Desde entonces y hasta el 21 de marzo del año 2006, esto es durante CUATRO (4) AÑOS y SEIS (6)

    MESES, el A. Quo pudo llevar a cabo todas las pruebas necesarias para dilucidar lo acaecido en los CUATRO (4)

    HECHOS motivo de investigación, los que por otra parte, no revisten NINGÚN TIPO DE COMPLEJIDAD y de INVESTIGACIÓN ESPECIAL, que pueda irrogar semejante demora”.

    Indicó que “…se ha aplicado erróneamente las normas, doctrina y jurisprudencia que estatuye el TIEMPO RAZONABLE DE DURACIÓN DE UN PROCESO e inobservado el artículo 18 de la Constitución Nacional…”.

  3. ) Que para resolver de la manera en que lo hizo el tribunal hizo una breve reseña de lo acaecido en las presentes actuaciones. Así, sostuvo que “Las presentes actuaciones se inician el 18/09/2001 con la denuncia del apoderado de la Dirección Nacional de Vialidad, Dr. P.M., poniendo en conocimiento de las irregularidades que fueron detectadas en la delegación local de la repartición a través de la investigación efectuada en el Sumario Administrativo nº 4009-SU-00, de las que se desprenden cuatro hechos en los que se habría incurrido en malversación de caudales públicos y negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas”.

    Expresó que “Requerida la instrucción pertinente (fs. 10/13) y luego de recibir numerosas declaraciones testimoniales y reiterados informes (ver fs.

    127), en fecha 02/12/2002 se llamó a los encartados P., M., Á., G. y D. a prestar declaración indagatoria (fs. 128), terminando con la última de ellas en fecha 03/10/2003”.

    En fecha 21/03/2006, se procesó a P., M., G. y Á. respectivamente

    .

    Señaló que “…En fecha 23/10/2007 la Excma.

    Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza confirmó el Fecha de firma: 02/02/2015 Firmado por: L.M.C., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado por: L.M.C., JUEZ CAMARA CASACION Firmado por: A.M.F., JUEZ DE CAMARA DE CASACION 2 Firmado por: J.C.G., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado(ante mi) por: J.R.D.A., SECRETARIO DE CAMARA Camara Federal de Casación Penal - Sala I - 95000842 Cámara Federal de Casación Penal Asignación Tribunal Oral TO - PEREA FERNANDO Y OTROS s/USO DE DOCUMENTO ADULTERADO O FALSO...

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