Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 5 de Marzo de 2015, expediente CAF 046754/2013/CA001

Fecha de Resolución 5 de Marzo de 2015
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV Causa nº 46754/2013 CA1 “ARTE GRÁFICO EDITORIAL ARGENTINO S.A. C/ DNCI S/ RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO”

Buenos Aires, 5 de marzo de 2005.-

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. ) Que las presentes actuaciones se inician con motivo de la publicidad aparecida en el diario Clarín el 3/12/10, donde se publicitaron bebidas alcohólicas sin incluirse la leyendas de carácter obligatorio: “Beber con moderación” y “Prohibida su venta a menores de 18 años”, tal como dispone la ley 24.788 de lucha contra el alcoholismo, incumpliendo presuntivamente con lo establecido en el art. 4º

    de la ley 24.240 de Defensa del Consumidor.

  2. ) Que, mediante disposición 245/13, la Dirección Nacional de Comercio Interior impuso a ARTE GRÁFICO EDITORIAL ARGENTINO S.A. (AGEA) una multa de cinco millones de pesos ($5.000.000), por infracción al art. 4º de la ley 24.240, por no incorporar leyendas de carácter obligatorio en la publicidad de bebidas alcohólicas (fs. 103/110).

  3. ) Que, contra dicha disposición la sancionada interpuso y fundó recurso de apelación a fs. 114/128vta., que fue contestado por el Estado Nacional (Ministerio de Economía y Finanzas Públicas) a fs. 170/192vta.

    Asimismo, a fs. 195 y vta. el F. General ante esta Cámara dictaminó sobre la procedencia formal del recurso.

    Fecha de firma: 05/03/2015 Firmado por: M.D.D., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.E.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.W.V., JUEZ DE CAMARA 4º) Que, en su escrito, la recurrente sostiene que la conducta tipificada en el art. 4º de la Ley 24.240 tiene como sujeto pasivo al “proveedor” de bienes y servicios que éste provee y que en el caso de autos la publicidad pertenece y publicita beneficios de la tarjeta Clarín 365 entre los cuales se encuentra un 20% y 25% de descuento en Itamae Sushi y el regalo del vino por parte de ese local a las personas que compren un producto de Finca los Maza Colección. En virtud de ello, concluye que AGEA no es proveedor de bebidas alcohólicas y que se otorgó toda la información obligatoria en forma cierta, clara y detallada en relación al servicio que brinda la tarjeta Clarín 365.

    Por otro lado, señala que para el caso de que AGEA hubiera violado el art. 6º de la ley 24.788, el órgano competente para sancionarla es la Justicia Correccional y no la Dirección Nacional de Comercio Interior, tal como surge de la ley supra mencionada, con lo cual se estaría violando la garantía constitucional del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR