Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala II, 3 de Marzo de 2023, expediente CAF 008232/2021/CA001
Fecha de Resolución | 3 de Marzo de 2023 |
Emisor | Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala II |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA II
8232/2021 A.B., MARTIN Y OTROS
c/ EN - M SEGURIDAD - PSA - DTO 2140/13 s/PERSONAL
MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Buenos Aires, 3 de marzo de 2023.-LR
Y VISTOS:
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) Que esta Sala mediante sentencia de fecha 14/2/2023 resolvió desestimar parcialmente la apelación de la demandada y, en consecuencia, confirmar la procedencia de la demanda entablada por la Sra. V.d.V.M. y por los Sres. D.S.G. y M.A.A.B., ordenando a la accionada a que incluya en sus haberes mensuales los suplementos y compensaciones previstos en los decretos nros. 836/08 y 2140/13, concretamente las compensaciones por “vivienda”, “vestimenta”, “racionamiento”, “zona” y los suplementos por “actividad riesgosa”, y “por exigencia del servicio de seguridad aeroportuaria” (este último, incorporado al decreto n°
836/08 por conducto de su similar n° 2140/13), según corresponda,
con carácter “remunerativo” y “bonificable”, y a que abone las diferencias salariales.
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) Que contra dicho pronunciamiento, la parte demandada interpuso recurso extraordinario, cuyo traslado fue contestado por su contraria.
3) Que desde antiguo la Corte Suprema ha resuelto que las cuestiones federales se tornan insustanciales cuando una clara y reiterada jurisprudencia, indudablemente aplicables a ellas, impida cualquier controversia seria respecto de su solución (confr. Fallos: 194:220). En el mismo sentido, ha decidido que son insustanciales los agravios planteados en los recursos extraordinarios cuando existe una jurisprudencia consolidada respecto de las cuestiones debatidas en la causa, que fue seguida por el Tribunal de Fecha de firma: 03/03/2023
Firmado por: L.M.M., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: M.C.C., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: J.L.L.C., JUEZ DE CAMARA
Alzada en “Lalia” (Fallos:326:928) y de conformidad con la doctrina sentada por el Alto Tribunal en la causa CAF 36409/2015/2/RH2
D., E.D. c/ Mº Seguridad-PFA s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg
, del 06/08/2020 y expte. CAF
63241/2016/1/RH1 “C., L.R. y otros c/ E.N. – Mº
Seguridad – PFA s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg.”,
sentencia del 10/12/2020.
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) Que no corresponde hacer lugar a la invocación de la gravedad institucional manifestada si el punto no fue objeto de un serio y concreto razonamiento que demuestre de manera indudable la concurrencia de esa circunstancia (confr. C.S. Fallos: 311:317).
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