Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - CAMARA FEDERAL DE CÓRDOBA - SALA B - SECRETARIA PREVISIONAL, 18 de Octubre de 2019, expediente FCB 041010023/2011/CA001

Fecha de Resolución18 de Octubre de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE CÓRDOBA - SALA B - SECRETARIA PREVISIONAL

Poder Judicial de la Nación CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE CÓRDOBA SECRETARÍA PREVISIONAL – SALA B Expte. N° 41010023/2011 AUTOS : ARMOHA, H. c/ ANSES s/PENSIONES doba, 18 de octubre del año 2019.

Y VISTOS:

Estos autos caratulados: “ARMOHA, H.C. – PENSIONES (Expte. N° FCB 41010023/2011/CA1), venidos a conocimiento del tribunal en virtud del recurso de apelación articulado por la representación jurídica de la parte actora –cuya personería se encuentra acreditada a fs. 1, en contra de la sentencia de fecha 17 de setiembre de 2014, dictada por el entonces Juez Subrogante del Juzgado Federal de B.V., que rechazó la demanda entablada, impuso las costas del juicio en el orden causado y reguló honorarios.

Y CONSIDERANDO:

  1. La accionante expresa agravios en su escrito de fs. 61/63 vta.. Cuestiona el fallo impugnado, por considerar que el mismo incurre en una errónea interpretación y aplicación de normas consagratorias de garantías constituciones en materia previsional, reñida con la jurisprudencia de los más altos tribunales. Aduce que el Decreto 460/99 cercena sus derechos y violenta las bases jurídicas sentadas por la ley y la constitución, agregando que el magistrado no tuvo un criterio de equidad, lo que convierte a la sentencia recurrida en arbitraria.

    Corrido el traslado de ley, la parte demandada no contestó los agravios conforme surge de fs. 65, quedando la causa en estado de ser resuelta.

  2. De los agravios reseñados surge que la cuestión a resolver se circunscribe a determinar si resulta procedente o no la decisión del Juez de grado de rechazar la demanda entablada por la actora en contra de la Res. A.N.SE.S. obrante a fs. 3/5, que dispone desestimar la pensión por fallecimiento pedida.

    A tales fines, cuadra señalar que la señora H.A. promovió

    demanda en contra de la ANSES, persiguiendo la revocación de la resolución mediante la cual la entidad demandada denegó su solicitud de beneficio de pensión por considerar que el causante Fecha de firma: 18/10/2019 Alta en sistema: 22/10/2019 Firmado por: A.G.S. TORRES, JUEZ DE CAMARA Firmado por: S.B.F., Secretaria de Cámara Firmado por: L.N., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.R.R., JUEZ DE CAMARA #23852736#246293125#20191022122817233 no reunía las condiciones para ser considerado aportante irregular con derecho en los términos del Decreto 460/99 (ver escrito inicial de fs. 6/9).

    Del análisis de la causa, surge que el causante, señor H.M.F., falleció el 7 de abril del 2000, a los 50 años de edad y a la fecha de su fallecimiento sólo contaba con 6 años y 9 meses de aportes en relación de dependencia (fs. 2 y 67 del expte.

    administrativo que corre por cuerda agregada).

    El Juzgador mediante pronunciamiento resolvió rechazar la demanda entablada...

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