Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala V, 6 de Febrero de 2020, expediente CNT 014180/2012/CA001

Fecha de Resolución 6 de Febrero de 2020
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala V

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA V

Expte. Nº CNT 14.180/2012/CA1

SENTENCIA INTERLOCUTORIA. 41436

AUTOS: “A.R.A.H. c/ FIDEICOMISO AWWA

SUITES & SPA Y OTRO s/ DILIGENCIA PRELIMINAR” (JUZGADO Nº 33.12).

Buenos Aires, 6 de febrero de 2020.

VISTO:

El recurso de apelación interpuesto a fs. 118/119 por la perito en sistemas contra los honorarios regulados a su favor en la resolución de fs. 114, por estimarlos reducidos (concedido a fs. 120).

Y CONSIDERANDO:

Teniendo en cuenta que las normas utilizadas para la regulación de los honorarios no se encuentran cuestionadas, habrán de utilizarse las mismas para el tratamiento de los emolumentos apelados.

Al respecto, corresponde aplicar las disposiciones del art. 38 Ley 18.345, el art.

13 Ley 24.432 y demás pautas arancelarias utilizadas en origen.

De este modo, teniendo en cuenta la extensión, complejidad y calidad de las tareas realizadas por la licenciada en psicología (fs. 42vta., 47, 53/66, 72/73, 83/89,

93/94, 108, 111/112) así como también las pautas arancelarias utilizadas en origen; los honorarios regulados a la perito psicóloga son reducidos y, en consecuencia, se elevan a la suma de $ 40.000, a valores actuales.

Por ello, el TRIBUNAL

RESUELVE:

Elevar los honorarios de la perito psicóloga a la suma de $ 40.000, a valores actuales. R., notifíquese, cúmplase con el...

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