Expediente nº 13423/39 de Tribunal superior de justicia, Secretaría Judicial en Asuntos Penales, Contravencionales y de Faltas, 10 de Agosto de 2016

Fecha de Resolución10 de Agosto de 2016
EmisorSecretaría Judicial en Asuntos Penales, Contravencionales y de Faltas

E.. nº 13423/16 "Argencobra SA s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en: 'Argencobra SA s/ infr. art(s). 2.1.15, zanjas y pozos en la vía pública, Ley n° 451'"

Buenos Aires, 10 de agosto de 2016

Vistos: los autos indicados en el epígrafe.

Resulta 1. El representante de Argencobra SA dedujo recurso de queja (fs. 55/59) contra la resolución dictada por la Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Penal, C. y de Faltas (fs. 52/54) que declaró inadmisible el recurso de inconstitucionalidad, cuya copia obra a fs. 45/50. Este remedio procesal atacaba la decisión de esa misma Sala (fs. 39/44) que confirmó la condena impuesta a Argencobra SA, consistente en la sanción de multa de 69.900 (sesenta y nueve mil novecientas) Unidades Fijas, por considerarla responsable de las infracciones previstas en el art. 2.1.15 y 2.1.19 de la ley nº 451 (fs. 27/31).

  1. La defensa, en su recurso de queja, solicitó la suspensión del curso del proceso principal en virtud del art. 33 de la ley n° 402 (fs. 55, punto I, último párrafo y fs. 59 vuelta, punto VI).

    En forma previa a la resolución de tal petición, se intimó al presentante a que integrara el depósito previsto en el art. 34 de la ley n° 402 y, a su vez, se le requirió que acompañara distintas copias de piezas procesales (fs. 62 vuelta), a fin de dar cumplimiento al requisito de autosuficiencia del recurso presentado. Al cumplir tales requerimientos, la petición fue puesta a consideración del Tribunal (fs. 74).

    Fundamentos

    La jueza A.E.C.R. dijo:

    La interposición de una queja por recurso de inconstitucionalidad denegado no suspende, en principio, el curso del proceso. Excepcionalmente el Tribunal puede suspenderlo antes de pronunciarse sobre la admisibilidad de la queja (cf. este Tribunal in re: "Correo Oficial de la República Argentina S.A. s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en: 'Correo Oficial de la República Argentina SA s/ inf. falta de habilitación y otros'", expte. n° 4808/06, resolución del 4/10/2006, e "Hipódromo Argentino de Palermo SA s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en 'Hipódromo Argentino de Palermo SA s/ inf. art. 9.1.1, obstrucción de inspección -apelación-'", expte. n° 5881/08, resolución del 4/6/2008, y sus citas, entre otros).

    En el caso, el apoderado de Argencobra SA requirió que el...

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