Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi, 26 de Septiembre de 2023, expediente CNT 073486/2015/CA001

Fecha de Resolución26 de Septiembre de 2023
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VI

SENTENCIA INTERLOCUTORIA

SALA VI

Expte Nº: CNT 73486/2015

(JUZG. NRO. 58)

Autos: “A.V.S. C/SEDISUR SA Y OTROS S/DESPIDO“

Buenos Aires, 26 de septiembre de 2023

VISTO

Y CONSIDERANDO:

Que, la parte actora apela la resolución de fecha 10.5.2023, que impuso las costas a la accionante, del desistimiento de la acción y del derecho respecto de los demandados Sedisur S.A y E.E.G.W., recibiendo contestación de su contraparte (presentaciones de fecha 19.5.2023 y 22.5.2023). Que asimismo, cuestiona la regulación de honorarios del Dr. Carli, (representante letrado de los demandados), por considerarla elevada, y mientras que éste último, los apela por estimarlos reducidos (presentaciones de fecha 19.5.2023 y 22.5.2023).

Que, en cuanto al cuestionamiento en relación a la imposición de costas, corresponde advertir que en el caso particular, el trabajador concilió con uno de sus oponentes y en consecuencia, lo razonable es, que las costas derivadas del desistimiento contra los restantes codemandados,

exonerados de toda responsabilidad se impongan por su orden,

en atención a que solo hubo un objeto motivo de debate, por la naturaleza alimentaria de los reclamos y por un principio de equidad (art. 68, segundo párrafo, del CPCC y 11 LCT): la equidad es, según el pensamiento aristotélico, una “dichosa rectificación de la justicia rigurosamente legal” y, dentro del ámbito del derecho laboral, sirve como válvula de seguridad del sistema para evitar decisiones anómalas,

imperfectas, disvaliosas o injustas (CNTr. Sala VI, 16/6/21,

Barrios c/Consorcio Propietarios Larrea 1386/40

, 31/3/23,

G. c/berkley International ART SA

, Expte. 33.004/19)

puesto que la tendencia de la ciencia jurídica actual es Fecha de firma: 26/09/2023 posibilitar, dentro de lo razonable, que el juez pueda Firmado por: G.L.C., JUEZA DE CAMARA

Firmado por: C.P., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.B. DE LA FUENTE, SECRETARIA DE CAMARA

arribar a una solución justa particularizada, y por ello se lo faculta a ampliar su margen de actuación recurriendo a la equidad, a fin de superar la falsa antinomia entre ley general y justicia del caso concreto y superar los defectos derivados de la generalidad de la legislación (De la Fuente,

Principios generales de la equidad

, JA 1983-III-720; E.,

Interpretación y aplicación de las leyes laborales

, p. 153;

P. –dir.-, “Derecho del Trabajo...

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