Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata - CAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA - SECRETARIA PREVISIONAL, 11 de Septiembre de 2023, expediente FMP 018015/2015/CA001

Fecha de Resolución11 de Septiembre de 2023
EmisorCAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA - SECRETARIA PREVISIONAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA

DE ARCE, EVARISTO D c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES; 18015/2015

SA ///del plata,

AUTOS Y VISTO:

Llegan los autos a esta Alzada con motivo del recurso de apelación deducido por la parte demandada en oposición a la sentencia dictada por el juez de grado.-

Que del examen de las presentes actuaciones surge que el Sr. DE ARCE

EVARISTO D adquirió su beneficio previsional conforme lo normado por la Ley 24.241,

teniendo como fecha de adquisición del derecho el día 21/03/2013.-

Ingresando concretamente en el análisis de los agravios planteados por la demandada en su memorial, se advierte que los mismos están dirigidos a cuestionar la aplicación del ISBIC hasta el mensual 02/09 y a partir del 03/09 el art. 2 de la ley 26.417

hasta la fecha de adquisición del beneficio, el tratamiento de inconstitucionalidad de los arts.

9 de la ley 24.463 y 24 de la ley 24.241, el reajuste de la PBU, la tasa de interés aplicada y la imposición de las costas.-

A partir de lo expuesto y siendo que todo ello resulta sustancialmente análogo a lo examinado por esta Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata, en los fallos: “BARRAGÁN, R.O. c/ ANSeS s/REAJUSTE DE HABERES”,

'PROTOCOLO A.. 6/14 Materias Civiles' Clave: FMP 041050094/2010/CA001 Fecha:

31/10/2017, “GIANOLI, N.I. c/ ANSeS s/REAJUSTE DE HABERES”,

'PROTOCOLO A.. 6/14 Materias Civiles' Clave: FMP 062011554/2011/CA001 Fecha:

18/02/2016 y “LAYA, G.A. c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES,

'PROTOCOLO A.. 6/14 Materias Civiles' Clave: FMP 022553/2019/CA001 Fecha:

26/12/2022, entre otros, que remiten a los antecedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en “Elliff” (Fallos: 332:1914) y “Q.C.A. c/ANSeS

s/REAJUSTES VARIOS”, Fecha 11/11/2014, por lo que corresponde remitir a los fundamentos allí vertidos, que pasan a formar parte del presente resolutorio.-

Respecto al agravio relacionado con el tratamiento de incsontitucionalidad del art. 9 de la ley 24.463, norma que establece un sistema de topes a los haberes previsionales,

Fecha de firma: 11/09/2023

Firmado por: B.D.B., JUEZ DE CÁMARA SUBROGANTE

Firmado por: A.O.T., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: S.C., SECRETARIA DE CÁMARA

corresponde aclarar que en casos anteriores al presente hemos declarado la inconstitucionalidad del sistema de topes en oportunidad de pronunciarnos sobre la sentencia definitiva. Sin embargo, un nuevo análisis de la cuestión nos lleva a rever el criterio antes dispuesto y diferir su tratamiento para la etapa de ejecución de sentencia. Todo ello, de conformidad a lo resuelto en el fallo: “LÓPEZ, ISABEL B c/ ANSeS s/REAJUSTE DE

HABERES”, 'PROTOCOLO A.. 6/14 Materias Civiles' Clave: FMP 031661/2014/CA001

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