Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 31 de Octubre de 2012, expediente I 69322

PresidenteKogan-Domínguez-Natiello-Violini
Fecha de Resolución31 de Octubre de 2012
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

I.69.322 "ARBIZU FELIPE FERNANDO C/ PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ INCONSTITUCIONALIDAD LEY 13.648 Y DECR. 484/07"

La Plata, 31 de octubre de 2012.

AUTOS Y VISTOS :

El actor ha promovido la presente causa solicitando que se declare la inconstitucionalidad de la ley nº 13.648 de la Provincia de Buenos Aires que establecía un adicional al Impuesto Inmobiliario Urbano y al Impuesto a los Automotores que alcanzaría a las personas físicas y sucesiones indivisas cuyo total de bienes -en el país y en el exterior- al 31 de diciembre de cada año, resultara superior a quinientos mil pesos ($500.000).

Atento a que, con posterioridad a la interposición de la demanda, la Provincia ha dictado la ley 13.850, que en su artículo 68 deroga la referida ley 13.648, correspondedeclarar extinguida la controversiapor haberse tornado abstracta la cuestión litigiosa (arts. 163 inc. 6º, 2da. parte y concs. del C.P.C.C.) ya que, cualquier decisión en relación a la pretensión expuesta en la demanda resultaría meramente teórica, inútil e inoficiosa y, por lo mismo, impropia de la función judicial (doctr. causa B. 64.272, “H.”, sent. 18-XI-2002 y sus citas; B. 65.930 “F.”, sent. 2-VI-2004; I. 3098 “C.”, res. del 13-VI-2004; I. 1853 "Colegio de Técnicos de la Provincia de Buenos Aires, sent. del 14-IX-2005; I. 3632 "Federación de Educadores Bonaerenses" sent. del 29-II-2012) entre otras).

De conformidad con lo dispuesto por el art. 21 de la ley 6716 -texto según ley 10.268-, por su actuación profesional, regúlanse los honorarios de la doctoraA.B.P., en la suma de pesos … (arts. 10, 15, 16, 21, 22, 28 último párrafo, 44 inc. "a" y 54 del decreto ley 8904/77), a la que se deberá adicionar el 10% (arts. 12 inc. a y 16 de la ley...

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