Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi, 31 de Agosto de 2020, expediente CNT 066936/2017/CA001

Fecha de Resolución31 de Agosto de 2020
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VI

SALA VI SENTENCIA DEFINITIVA Nº 75477

EXPTE. Nº66936/2017

(J.. Nº 20)

AUTOS: A.S.D. C/ COMUNICACIONES CN S.R.L. Y OTROS

S/ DESPIDO

Buenos Aires, 31 de agosto de 2020

En la Ciudad de Buenos Aires reunidos los integrantes de la Sala VI a fin de considerar los recursos deducidos en autos y para dictar sentencia definitiva en estas actuaciones,

practicando el sorteo pertinente, proceden a expedirse en el orden de votación y de acuerdo con los fundamentos que se exponen a continuación.

LA DRA. G.L.C. DIJO:

Contra la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda se agravia la parte demandada según el escrito de fs.143, cuya réplica luce a fs.148.

La Sra. Jueza a quo consideró justificada la decisión del actor de considerarse despedido. Sostiene al respecto que quedó debidamente probado que A. trabajó para Comunicaciones CN S.R.L. realizando las tareas de oficial especializado, relación que fuera expresamente negada por los demandados. A tal efecto, condenó a Comunicaciones CN SRL, a M.P.P. y a R.M.L.I. a abonarle a S.D.A. la suma de $ 501.389,20, con intereses desde que cada suma es debida y hasta su efectivo pago Fecha de firma: 31/08/2020

Firmado por: G.L.C., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: L.A.R., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: F.S.R., SECRETARIA DE CAMARA

conforme las tasas previstas en las Actas 2601, 2630 y 2658,

CNAT.

Contra esta decisión se agravia la parte demandada quien cuestiona la decisión de la sentenciante por considerar que se ha efectuado una errónea valoración de las pruebas aportadas a la causa, especialmente de las declaraciones testimoniales de Cejas y N., los que, a su entender, resultan contradictorios con los hechos expuestos en la demanda, por lo que no acreditan en realidad, el vínculo laboral denunciado al inicio.

Estimo que el planteo de la parte demandada no tendrá

favorable recepción.

Al respecto cabe señalar la contundencia de las pruebas testimoniales que obran en la causa, acreditan debidamente la existencia la relación laboral denunciada, el lugar de trabajo, y demás condiciones denunciadas en el inicio (cfr.

fs.75, fs.77 y fs.105).

Desde este contexto, analizaré los planteos de la parte demandada destinados a cuestionar las declaraciones de los testigos Cejas y N..

Al respecto cabe señalar que el planteo no logra revertir la contundencia de las conclusiones a las que se arriba en el...

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