Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia, 11 de Febrero de 2010, expediente 48.058/09

Fecha de Resolución11 de Febrero de 2010

Poder Judicial de la Nación Año del Bicentenario sistencia, a los 11 días del mes de febrero de dos mil diez VISTO:

El expediente registro de Cámara N° 48.058/09 car atulado:

INCIDENTE DE APELACION DEL AUTO DE PROCESAMIENTO EN EXPTE. N°

357/2009 CARATULADO “DE LA FUENTE, SEBASTIAN ADOLFO S/ SUP. INFRAC.

LEY 23.737

, que en grado de apelación proviene del Juzgado Federal de la ciudad de Pcia. R.S.P., C.; y,

CONSIDERANDO:

I.- Que vienen estos autos a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación deducido contra el auto interlocutorio N° 394, de fecha 29 de octubre de 2009 (fs. 86/91 vta.), a través del cual se resolvió, en lo pertinente: “4°

)

DICTAR AUTO DE PROCESAMIENTO CON PRISION PREVENTIVA en contra de SEBASTIAN ADOLFO DE LA FUENTE… en orden al delito de “Tenencia de Estupefacientes”, previsto y sancionado por el art. 14, primer párrafo, de la ley USO OFICIAL

23.737…

.

Que para ello el a quo tuvo en cuenta el resultado arrojado a raíz del allanamiento practicado en el domicilio del imputado (secuestro de un envoltorio conteniendo 230,63 grs. de marihuana) a raíz de las sospechas creadas en orden a una eventual conducta del mismo relacionada con la actividad mercantilista de la referida sustancia.

  1. Que a fs. 93/98 vta. la defensa técnica del mismo representada por el Defensor Público Oficial, Dr. R.M.T., dedujo el mencionado recuso motivado en dos agravios puntuales: a) El cambio de calificación legal, por lo que propicia la subsunción del hecho en los extremos de conformación del delito de “Tenencia de Estupefaciente para Consumo Personal (art. 14, segundo párrafo, Ley 23.737)”; y, b) La improcedencia de la Prisión Preventiva.

    Acompaña Jurisprudencia y Doctrina.

    A fs. 99 el recurso es concedido; en cuanto que a fs. 107, el F. General S., Dr. G.W.P., hace saber que no adhiere al mismo.

    Por su parte, a fs. 109/112 el Defensor Público Oficial, Dr. G.J.M., reiterando y ampliando en lo sustancial los motivos de impugnación antes vertidos por su predecesor ministerial, sustituye el informe oral que debía brindar con formal memorial potestativo.

  2. Puestos a resolver se ha de señalar, desde el umbral, que los agravios vertidos en orden a la definición legal de la situación procesal de Sebastián Adolfo De La Fuente carecen de aptitud disuasiva a fin de conmover la construcción jurídica edificada por el a quo a su respecto.

    Bajo esta revelación liminar cabe puntualizar que los hechos constitutivos del objeto procesal de las...

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