Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 11 de Febrero de 2016, expediente CAF 003661/2014/CA001

Fecha de Resolución11 de Febrero de 2016
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA I Causa nº 3.661/2014 “A.P.M.S. c/ EN –AFIP- s/ proceso de conocimiento”

Buenos Aires, 11 de febrero de 2016.

Y VISTO:

El recurso extraordinario interpuesto por la representación del Fisco Nacional (fs. 101/112) —replicado por la parte actora a fs.114/117— contra el pronunciamiento de fs.94/95, y CONSIDERANDO:

  1. Que toda vez que se halla en juego la interpretación y el alcance de normas de indudable naturaleza federal —como lo son el artículo 3º de la ley 19.279 y el artículo 8º del decreto 1313/93— y la decisión recurrida —pronunciada por esta sala como superior tribunal de la causa— fue adversa a las pretensiones que el recurrente fundó

    en ellas, entoel recurso extraordinario es admisible en los términos de los artículos 14, inciso 1º, de la ley 48 y de la ley 4.055.

  2. Que la invocación de gravedad institucional no es apta para habilitar la instancia extraordinaria, pues no se demuestra que lo decidido exceda del interés individual de las partes o incida de modo directo en la comunidad.

    Por ello, el tribunal

    RESUELVE:

    conceder el recurso extraordinario.

    El doctor C.M.G. suscribe en el presente pronunciamiento en los términos de la acordada...

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