Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV, 18 de Agosto de 2016, expediente CAF 005748/2012/CA001

Fecha de Resolución18 de Agosto de 2016
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV CAUSA N° 5748/2012/CA1: “AMARILLA, Benigno c/ EN-Mº

Seguridad-GN- Dtos 2000/91 628/92 y otro s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg.”

En Buenos Aires, a 18 de agosto de 2016, reunidos en acuerdo los señores jueces de la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, a efectos de conocer del recurso interpuesto en los autos caratulados: “AMARILLA, Benigno c/ EN-Mº Seguridad-GN- Dtos 2000/91 628/92 y otro s/

Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg.”, contra la sentencia de fs.

63/64vta., el Tribunal estableció la siguiente cuestión a resolver:

¿Se ajusta a derecho la sentencia apelada?

El señor juez de Cámara R.W.V. dijo:

  1. ) Que la señora jueza declaró prescripta la pretensión del actor respecto de las diferencias salariales reclamadas con relación a los decretos 2000/91, 2115/91 y 628/92, desde su entrada en vigencia y hasta el dictado del decreto 1490/02. Impuso las costas al vencido.

  2. ) Que, contra ese pronunciamiento, el actor dedujo recurso de apelación a fs. 65, que fue concedido libremente a fs. 66.

    Puestos los autos en la Oficina, expresó sus agravios a fs. 69/70vta., los que fueron contestados por su contrario a fs. 72/77vta.

  3. ) Que, a fin de resolver el recurso en estudio, corresponde tener presente que la demanda de autos estuvo dirigida a que se conminara al Estado Nacional a incorporar “correctamente” al concepto “sueldo” del haber mensual del actor –personal en actividad de la Gendarmería Nacional– las compensaciones otorgadas por los decretos 2000/91, 2115/91 y 628/92 –calificadas inicialmente como “Asignaciones Mensuales No Remunerativas y No Bonificables”– y, como consecuencia Fecha de firma: 18/08/2016 Firmado por: M.D.D., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.E.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.W.V., JUEZ DE CAMARA #11212233#159723977#20160817170007536 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV CAUSA N° 5748/2012/CA1: “AMARILLA, Benigno c/ EN-Mº

    Seguridad-GN- Dtos 2000/91 628/92 y otro s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg.”

    de ello, a abonar en forma retroactiva “las diferencias que surja (sic) por la errónea liquidación practicada por el período no prescripto, conforme a derecho” (v. fs. 2). En particular, el demandante adujo que, con...

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