Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA III, 19 de Noviembre de 2019, expediente CNT 003108/2015/CA001

Fecha de Resolución19 de Noviembre de 2019
EmisorCÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA III

Poder Judicial de la Nación SENTENCIA DEFINITIVA CAUSA Nº CNT 3.108/2015/CA1 “ALZUGARAY GABRIEL ALEJANDRO c/DELTA COMPRESION SRL s/ DIFERENCIAS DE SALARIOS”. JUZGADO Nro. 54.

En la ciudad de Buenos Aires, capital de la República Argentina, a 19/11/2019, reunidos en la Sala de Acuerdos los señores miembros integrantes de este Tribunal a fin de considerar el recurso deducido contra la sentencia apelada, se procede a oir las opiniones de los presentes en el orden de sorteo practicado al efecto, resultando así la siguiente exposición de fundamentos y votación:

La D.D.C. dijo:

  1. La Sra. Juez rechazó la demandada dirigida contra DELTA COMPRESION SRL, dirigida a fin de obtener las diferencias salariales provenientes del pago insuficiente del aumento acordado por parietarias del año 2012 en el marco del CCT 260/75 que nuclea a los trabajadores de la actividad metalúrgica (fs. 162/166).

    Contra tal pronunciamiento, se alzan las partes actora y demandada, a tenor de los memoriales obrantes a fs. 167/172 y fs.

    177/178, con réplica de las contrarias a fs. 182/185 vta. y fs. 187/vta.

  2. A modo de síntesis del caso, tengo presente que el actor inició esta demanda contra DELTA COMPRESION SRL tendiente a percibir las diferencias salariales provenientes de la indebida aplicación del aumento que fuera otorgado a los trabajadores de la UOM, en el marco de las paritarias 2012. El reclamante manifestó que ingresó al desarrollo de sus tareas en el año 2009, desempeñándose como operario calificado y en debida forma, aunque la accionada no abonó los incrementos acordados por paritarias.

    Señaló que a través de la Resolución Nro. 763/12 de la Secretaría de Trabajo se homologó el CCT Nro. 260/75, aplicable a los trabajadores metalúrgicos de todo el país. Dicha norma colectiva, dispuso un incremento salarial del 23%

    sobre el salario básico vigente al 31 de marzo de 2012, que se efectivizaría a partir del 1 de abril de 2012. Sin embargo, la accionada incumplió con su obligación, y tras meses de reclamos y sin brindar ningún tipo de respuestas, los trabajadores decidieron tomar medidas de fuerza de acción conjunta, a fin de que se reconociera el aumento convenido legítimamente. Frente a ello, la accionada no tuvo otra salida que celebrar un acuerdo en el Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, delegación E.. Así el 7 de agosto de 2012, se suscribió un convenio en que Delta Compresión SRL desdoblaría el pago del mentado aumento en 2 etapas, la primera comenzaría a regir en agosto de 2012 por la cual se otorgaría a los trabajadores un aumento del 13%, no obstante, lo cual en los meses de abril, mayo, junio y julio de 2012, no se vería reflejado ningún aumento, pese el acuerdo de paritarias.

    En definitiva, reclama el pago del incremento salarial del 23% desde abril a julio y un 10% desde agosto hasta diciembre del 2012 (fs. 5/15).

    Fecha de firma: 19/11/2019 Firmado por: D.R.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.L.G., SECRETARIA Firmado por: A.H.P., JUEZ DE...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR