Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal, 11 de Febrero de 2009, expediente 27.511

Fecha de Resolución11 de Febrero de 2009

Poder Judicial de la Nación °

Causa n° 27.511 "A.M.J. y otros s/sobreseimiento".

° °

J.. Fed. n° 5 - Secret. n° 9

°

Expte. n° 9923/01/29

Reg. n° 29.460

Buenos Aires, 11 de febrero de 2009.

Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

I- Llegan las presentes actuaciones a conocimiento y decisión de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto a fs. 11/2 por el Fiscal Federal, Dr. M.A.O. contra la resolución de fs. 1557/65 de los autos principales, mediante la cual se resolvió decretar el sobreseimiento de M.J.A., G.V.D., J.R.E.G., P.R.B.,

G.P.C., L.A.P. y E.C.Z. en orden al delito de defraudación en perjuicio de la administración pública.

II- El representante del Ministerio Público Fiscal se agravió por considerar que los elementos agregados a las presentes actuaciones resultan suficientes,

para tener por acreditadas las irregularidades resaltadas por la SIGEN en el reconocimiento del crédito y como consecuencia la defraudación en perjuicio del Estado Nacional (fs.11/3).

Los Dres. L.N.N. y J.I.S., abogados defensores de L.A.P. y E.C.Z. a fs. 48/9 y la Dra. Perla M. de B., defensora pública oficial de M.J.A. a fs. 50/5

mejoraron fundamentos.

Por su parte, P.B. y G.C. por derecho propio y G.D., junto a sus abogados defensores, informaron oralmente en la audiencia del artículo 454 del Código Procesal Penal (fs. 56).

III- En la anterior intervención de esta Alzada, se señaló que "... la falta de nuevos elementos que lleven a modificar la situación procesal de los imputados en la presente causa, llevan a los suscriptos a concluir que no existe prueba que sostenga la apreciación que efectuó el magistrado instructor en el procesamiento apelado... Además, el juez tampoco ha fundado convenientemente que ha existido una disposición patrimonial indebida con entidad suficiente para ser considerada una defraudación a la administración pública, a través de la invocación de las objeciones que había realizado la Sigen al reconocimiento de deuda efectuado por Entel (e.l)...

(causa n° 26.757 "A., M.J. y otros s/auto de proc.", reg. 28.665 del 11/7/08).

Devueltas las actuaciones, el Sr. Juez instructor efectuó un nuevo análisis del caso frente a la prueba de cargo reunida hasta el presente y modificó su anterior criterio por considerar que se encontraba con un escollo de imposible solución por cuanto no es posible descartar que los índices del INDEC que obran agregados a fs.

1073/4 hayan sido los que fueron utilizados al momento de los hechos aquí reseñados, y...

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