Sentencia de CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B - SECRETARIA CIVIL, 23 de Octubre de 2018, expediente FRE 041002499/2012/CA001

Fecha de Resolución23 de Octubre de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B Prev/Def Rosario, 23 de octubre de 2018.-

Visto, en Acuerdo de la Sala “B”, el expediente N° FRE 41002499/2012 caratulado “Almada, E.S. c/ Anses s/ Pensiones”, (originario del Juzgado Federal de la ciudad de Rafaela).

Vienen los autos a esta alzada en virtud del recurso de apelación interpuesto por la demanda (fs. 71), contra la sentencia del 30 de agosto de 2017 que hizo lugar a la demanda interpuesta por E.S.A. contra la Anses y ordenó a la demandada a que le otorgue el beneficio de pensión directa por fallecimiento de su esposo A.D.A. (art. 17 inc. d. de la Ley 24.241), así como las diferencias retroactivas conforme las pautas fijadas y mandó a abonar las diferencias resultantes dentro de los 120 días hábiles de que adquiriera firmeza la resolución (fs. 65/69 y vta.).

Concedido libremente el recurso interpuesto (fs. 72), se elevaron las actuaciones a esta Alzada y por sorteo informático quedaron radicados en esta Sala “B”, donde la apelante expresó sus agravios (fs.

77/78), corrido el pertinente traslado no fue contestado por la contraria, por lo que se ordenó el pase de los autos al acuerdo, quedando en condiciones de ser resueltos (fs. 80).

Y considerando que:

  1. ) La demandada se agravia sosteniendo que la sentencia impugnada deja de lado la normativa vigente, señala que la actora solicitó la pensión por fallecimiento de su esposo, acaecido el 17/07/2007, y que de la documentación glosada en autos surge que se presentaron servicios en relación de dependencia por 29 años, 10 meses y 3 días y afirma que de lo expuesto se deduce que el afiliado no acreditaba las condiciones mínimas exigidas por la ley Se agravia también de que se intente que Anses se aparte de la normativa vigente la cual no ha sido derogada, por lo que es claro que el afiliado no acredita las condiciones mínimas exigidas por la normativa aplicable para ser considerado aportante irregular con derecho, no Fecha de firma: 23/10/2018 Alta en sistema: 24/10/2018 Firmado por: J.G.T., Juez de Cámara Firmado por: EDGARDO BELLO, Juez de Cámara Firmado por: E.V., Juez de Cámara #26835726#219660716#20181023113806892 correspondiendo en consecuencia otorgar el beneficio. Transcribe la normativa.

  2. ) De las constancias de autos surge que la actora E.S.A., viuda de A.D.A., inició la presente acción contra la ANSES solicitando que se le acuerde el beneficio de pensión directa, el cual fue desestimado por la Administración...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR