Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 2 de Octubre de 2002, expediente Ac 84704

PresidenteHitters-Pettigiani-Salas-Roncoroni-Soria
Fecha de Resolución 2 de Octubre de 2002
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

Ac. 84.704 “A., E.E.R.. de casacion. Coaccion agravada. R.. de nulidad e inaplicabilidad de ley”.

//Plata, 02 de octubre de 2002.

AUTOS Y VISTO:

Que el recurso extraordinario de nulidad sólo es viable cuando se fundamenta en la omisión del tratamiento de cuestiones esenciales o cuando el fallo carece de apoyo en normas legales, independientemente del acierto con que han sido aplicadas.

Que el recurso extraordinario de nulidad interpuesto resulta improcedente toda vez que no se configura la alegada transgresión de los arts. 168 y 171 de la Constitución provincial cuando, como en el caso, el fallo impugnado tiene respaldo en expresas normas legales (Ac. 72.983, 27-X-1998) y los agravios expresados están referidos a supuestos errores de juzgamiento, que como tales resultan ajenos a la vía intentada (conf. Ac. 58.778, 28-III-1995; Ac. 75.584, 15-III-2000, entre otras).

Que el art. 494 del Código Procesal Penal establece que el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley procede en los casos en que la sentencia definitiva revoque una absolutoria o imponga pena superior a seis años de prisión, supuesto que no es el de autos en que se condena al procesado a la pena de dos años y tres meses de prisión en...

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