Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 1, 3 de Agosto de 2018, expediente CSS 077229/2012/CA001

Fecha de Resolución 3 de Agosto de 2018
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 1 Expte nº: 77229/2012 Autos: “AGUILAR BLANCA ROSA Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL-

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DD HH s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG”

J.F.S.S. Nº 6 Sentencia Definitiva del Expte. Nº 77229/2012 Buenos Aires, VISTO

Y CONSIDERANDO:

  1. Contra la sentencia que decidió rechazar la demanda tendiente a incluir en el beneficio de retiro de los actores los incrementos dispuestos por los decretos 1275/05, 1223/06, 872,07, 884/08, y 752/09, con los accesorios y costas que en ella dispone, la parte accionante interpuso recurso de apelación, que concedido y expresados los agravios –no contestados–, habilitan la intervención del tribunal.

  2. Se agravia la accionante respecto a lo decidido en la instancia de grado, en cuanto rechaza la demanda referida a los aludidos aumentos.

  3. Con referencia a la cuestión planteada atinente a los suplementos previstos en los decretos 1275/05, 1223/06, 872,07, 884/08, y 752/09, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha emitido recientemente el precedente “RAMIREZ, D.D. c/

    E.N.-Mº Justicia y DDHH – SSPP s/ personal militar y civil de las FF.AA y de Seg.”, de fecha 20/11/12, en el que concordantemente con lo dictaminado por la señora P.F., y acerca de este aspecto, dijo que “…es menester señalar que esta Corte, en “M., P.J.M. ...” (Fallos: 325:2171) y “K. de Groll, E.E.…

    (Fallos 328:4246), ha reconocido su generalidad y, en el primero de los precedentes, ha advertido su analogía con los instituidos para el personal de la Policía Federal Argentina en el decreto 2744/93” (cons. 5ª); así como que:”…en atención a la similitud que presentan los suplementos creados por el decreto 2807/93 y los establecidos en el decreto 2744/93 para el personal de la Policía Federal Argentina, resultan aplicables al caso las consideraciones expuestas por el Tribunal in re “Oriolo” (Fallos 333:1909), (cons. 6ª).

    En idéntico sentido se ha expedido esta S. en autos “Gammarota, M.G. c/ Mº de Justicia s/personal militar y civil de las FFAA y de Seg.”, expediente 98.326/09, Sentencia Definitiva Nº 150.252/12 del 17/12/12.

    Consecuentemente, corresponde revocar parcialmente lo resuelto en la instancia “a quo” y con el alcance aquí indicado.

  4. En virtud de los resuelto, en materia de prescripción, corresponde acoger dicha excepción contra todo crédito emergente de la procedencia de la reliquidación del haber y desde los cinco años antes al reclamo...

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