Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SECRETARIA CIVIL, 25 de Marzo de 2022, expediente FSM 036819/2016/CA001

Fecha de Resolución25 de Marzo de 2022
EmisorCAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II

Causa FSM 36819/2016/CA1

AFIP c/ FRIGORIFICO VILLA DE MAYO SRL s/EJECUCION FISCAL –

A.F.I.P.

Juz. Fed. de Mercedes – Sec- Ejecuciones Fiscales Martín, de marzo de 2022.-

AUTOS Y VISTOS:

Llegan estos autos a conocimiento del Tribunal,

en virtud del recurso de apelación deducido por el BANCO

CREDICOOP COOP. LTDO. contra el pronunciamiento de fecha 13/10/2021, mediante el cual el Sr. juez “a quo” resolvió

declarar la responsabilidad solidaria de la antedicha entidad bancaria por la suma de $ 93.540,98 (PESOS NOVENTA

Y TRES MIL QUINIENTOS CUARENTA CON 98/100) en los términos del artículo agregado a continuación del art. 92 de la Ley 11.683.

Ante todo, cabe señalar que el art. 242 del Código Procesal dispone la inapelabilidad de las sentencias definitivas y de las “demás resoluciones cualesquiera fuere su naturaleza” que se dicten en procesos en los que el “valor cuestionado” fuera inferior a la suma de $ 300.000

(Conf. Acordada 41/2019 de la CSJN).

Así las cosas, el monto discutido ante esta Alzada por el BANCO CREDICOOP COOP. LTDO. (suma decidida en la resolución apelada -$ 93.540,98 -) resulta inferior al tope legal establecido por el Art. 242 del Código Procesal,

modificado por la ley 26.536 (Conf. CNCom, S.E., “Caja de Crédito Independencia Cooperativa Ltda.” -ejecución de honorarios-, del 16/07/2010 y sus citas, entre varias;

CFASM, Sala II, causa FSM 2139/2006, “G.J. c/

PEN s/ A., del 4/12/2012; causa FSM 2988/2006,

Fecha de firma: 25/03/2022

Firmado por: M.S.Z., SECRETARIA DE CAMARA

Firmado por: A.A.L., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: MARCOS MORAN, JUEZ DE CAMARA

Firmado por: N.P.B., JUEZ DE CAMARA

LANZONE, Orlando y otra c/ Banco de la Pcia. de Bs.As. s/

sumarísimo

, del 27/11/2012; causa FSM 1155/2013/CA2, “DI

S., O.D. y otros c/ E.N. s/ Ordinario”, del 14/06/2019 y causa CCF 1147/2019/CA4, “NARBE, S.R. y otro c/ ASE y otro s/ Amparo Ley 16.986”, del 30/12/2020,

entre muchas).

Por ello, el Tribunal

RESUELVE:

Declarar inapelable el pronunciamiento de fecha 13/10/2021 y, en consecuencia, mal concedido el recurso...

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