Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - Sala III, 27 de Octubre de 2015, expediente FLP 058153063/2013/CA001

Fecha de Resolución27 de Octubre de 2015
EmisorSala III

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA Plata, 27 de octubre de 2015.

Y VISTOS: Este expediente N°58153063/2013 -

Sala III caratulado: “A.F.I.P. C/AIRSEC S.A. s/ejecución fiscal”, procedente del Juzgado Federal de Primera Instancia N°3 de Lomas de Z., Secretaría N°8; Y CONSIDERANDO QUE:

La causa es elevada en virtud del recurso por altos deducido por la ejecutada contra los honorarios regulados a fs. 85 y vta. en favor de la doctora M.S.A. de Nuñez –apoderada de la parte actora- en la suma de $56.700 y en favor del doctor J.L.R.V. –quien interviniera en el proceso como letrado apoderado de la demandada- en la suma de $39.600.

Examinadas las constancias del subjudice surge que dictada la sentencia de trance y remate a fs. 8 se denuncia en autos el acogimiento al plan Mis Facilidades R.G. 3451/13 por parte de la ejecutada (v. fs. 11).

Sentado ello y evaluada la labor realizada por los doctores A. de N. y V., en cuanto a su mérito, extensión, carácter investido, primera etapa cumplida sin excepciones, monto del juicio reclamado en autos que asciende a $1.159.127,02 y demás pautas previstas en los arts. 6, 7 y 40 de la ley 21.839 y art.

12 inc. f), de la ley 24.432, el Tribunal estima que las retribuciones fijadas por el a quo resultan equitativas en virtud de lo cual desestimándose el recurso por altos se las confirma en $56.700 para la doctora A. y en...

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