AFIP 3063/11. Aportes de trabajadores autónomos. Empleados en relación de dependencia. Límite mínimo y máximo de la base imponible
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Administración Federal de
Ingresos Públicos
AFIP 3063/11. Aportes de trabajadores
autónomos. Empleados en relación de
dependencia. Límite mínimo y máximo
de la base imponible.
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AFIP 3073/11 Impuesto a las ganancias.
Rentas del trabajo personal en re-
lación de dependencia, jubilaciones,
pensiones y otras rentas. Régimen de
retención (B. O. 4/4/11).
Considerando:
Que la resolución general Nº 2437, sus
modicatorias y complementarias, estableció
un régimen de retención en el impuesto a las
ganancias aplicable a las rentas comprendidas
en los incisos a), b), c) —excepto las corres-
pondientes a los consejeros de las sociedades
cooperativas—, y e) del art. 79 de la ley de
impuesto a las ganancias, texto ordenado en
1997 y sus modicaciones.
Que oportunamente se habilitó, mediante
la resolución general Nº 2866, un procedi-
miento especial para el cálculo de las reten-
ciones correspondientes a los meses de julio
a diciembre de 2010 a través del incremento,
resoluCIones
en un veinte por ciento (20%), del valor de las
deducciones personales previstas en el art. 23
de la ley de impuesto a las ganancias, texto
ordenado en 1997 y sus modicaciones.
Que a través de la resolución general Nº
3008 se aprobaron las tablas indicativas de
los importes de las deducciones acumuladas
en cada mes calendario aplicables al período
scal 2011 —a efectos de la determinación del
importe a retener—, manteniendo el incre-
mento indicado en el considerando anterior.
Que en línea con lo señalado en los con-
siderandos precedentes, y continuando con
la política permanente del Poder Ejecutivo
Nacional de instrumentar medidas que
resulten conducentes al fortalecimiento del
poder adquisitivo de los trabajadores, se
estima pertinente disponer un nuevo incre-
mento, en un veinte por ciento (20%), de
los importes de las deducciones personales
previstas en el art. 23 de la ley de impuesto
a las ganancias, texto ordenado en 1997 y
sus modicaciones.
Que en consecuencia, corresponde aprobar
las tablas indicativas de los importes de las
deducciones acumuladas en cada mes calen-
dario, las que se aplicarán para el cálculo de
las retenciones correspondientes a los meses
de abril a diciembre de 2011.
Que han tomado la intervención que les
compete la Dirección de Legislación, las Sub-
direcciones Generales de Asuntos Jurídicos,
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